San Cristóbal, Estado Táchira, Jueves Tres (03) de Julio de 2014, siendo las 11:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de ésta Circunscripción Judicial, junto con Lenon Javier Pérez Moreno, titular de la cedula de identidad No. V-11.499.083, debidamente asistido por el Abogado Gillmer José Amaya Quiñonez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.219; en un inmueble ubicado en la Urbanización Los Laureles de la Castellana, casa No. 55, Parroquia San Juan Bautista; a fin de llevar a cabo la Inspección Judicial. Seguidamente el ciudadano Juez d apertura al acto y conforme al escrito de solicitud, se designa como experto al ciudadano José Alexis D’Yongh, titular de la cedula de identidad N° V- 12.771.418, quien estando presentes acepta los cargo y presta el debido juramento de Ley. Seguidamente solicitó el derecho de palabra el ciudadano Lenón Pérez Moreno asistido por el Abogado Gillmer Amaya y concedido que le fue expone: Solicito se deje constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: De la ubicación del inmueble. Seguidamente el ciudadano Juez, deja constancia que se encuentra constituido en la casa No. 55 de la Urbanización Los Laureles de la Castellana, vía la castellana, Pueblo Nuevo, Parroquia San Juan Bautista. SEGUNDO: Dejar constancia de las personas que ocupan el inmueble. El ciudadano Juez deja constancia que en la Casa No. 55 habita el solicitante, ciudadano Lenon José Pérez Moreno, titular de la cedula de identidad N° V-11.499.083, su cónyuge, ciudadana Grecia Beatriz Díaz de Pérez, titular de la cedula de identidad N° V- 14.504.236 y sus hijos menores, uno de 12 años y el otro de 3 años, cuyos nombres se omiten de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley organiza de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y manifiesta que ocupan y poseen el inmueble desde hace tres (03) años en su condición de propietarios. TERCERO: este particular guarda relación con el Segundo particular. El ciudadano Juez deja constancia que el inmueble No. 55 lo ocupa el solicitante Lenón Pérez Moreno con su grupo familiar, en calidad e propietarios. CUARTO: Solicitamos se deje constancia de los linderos y medidas del inmueble No. 55. Seguidamente el ciudadano juez le indica al experto designado proceda a verificar los lindero y medidas del Inmueble No. 55, quien de seguida expone: el Inmueble tiene los siguientes linderos: NORTE: Vía interna, mide Quince metros; SUR: Con la parcelo No. 78, mide Quince metros; ESTE: Con la Parcela No.56, mide 18,00mts. y OESTE: Con zona verde, mide 18,00mts. QUINTO: Se deje constancia del estado actual del Inmueble. Seguidamente el ciudadano Juez, le indica al experto que proceda a dejar constancia del estado del Inmueble. Seguidamente el Experto expone: El inmueble se trata de una casa para habitación, de dos plantas: PRIMERA PLANTA: Compuesta por un sala comedor, cocina, sala de estar, una oficina con baño y un baño auxiliar, área de servicio y patio, garaje para dos vehículos. En esta planta se observa que el techo presenta grietas y filtraciones; así como en paredes de diverso sectores tanto en su exterior como en el interior de la misma. Las paredes presentan en algunos sectores, el frisado soplado, en general se encuentra en buenas condiciones de conservación y mantenimiento. SEGUNDA PLANTA: Se encuentran cuatro (04) habitaciones y tres (03) baños, se aprecian igualmente filtraciones y grietas en diferentes sectores de l misma, en especial en el vestier de la habitación principal. Se refleja el sedimento de las columnas, en el tamaño proporcional con el techo. La puerta del cuarto principal, se encuentra desprendida por cuanto la pared que la sujeta, se encuentra partida por filtraciones que posee la misma; en su mayoría se aprecia las quebraduras en la totalidad de la segunda planta. Para corroborar lo anteriormente expuesto, solicito tres días de despacho para consignar soporte fotográfico. Seguidamente el solicitante Lenón Pérez Moreno asistido por Gillmer Amaya, manifiesta que no se deje constancia de más nada y de ningún otro particular. En este estado el ciudadano Juez, cumplida la presente solicitud concede al experto el plazo solicitado para consignar el soporte fotográfico y da por terminado el acto, siendo las 12:50 del mediodía, regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta, conformes firman. - Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Lenon Javier Pérez Moreno. Solicitante (Fdo). Abg. Gillmer José Amaya Quiñonez. Abogado Asistente. (Fdo). José Alexis D’Yongh. Experto. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).