TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiocho (28) de julio de 2.014.
204º y 155º
La presente solicitud de Declaratoria de Únicos y Universales Herederos, es presentada por la ciudadana ZANDRA EUGENIA CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.663.826, asistida por la abogada en ejercicio IRIS HUMILDE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.664.648, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 104637; la misma es admitida en fecha 14 de julio de 2014, acordándose en el mismo auto, oír la declaración de testigos a presentarse por la parte interesada.

Verificado como fue la declaración de testigos en fecha 22 de julio de 2014, y por cuanto la presente solicitud se encuentra referida a una declaración en actuación de Jurisdicción Voluntaria, conforme a lo indicado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se procede a la declaración de lo solicitado en los siguientes términos:

Peticiona la solicitante ZANDRA EUGENIA CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.663.826, que se les declare, únicos y universales herederos a su persona y a los ciudadanos RODOLFO ANTONIO VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.892.378, TERESA DE JESÚS CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.629.731, GLADYS AMANDA CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.620.265, ROSA MATILDE CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.999.888, CARMEN BEATRIZ CONTRERAS DE OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.627.814, LUÍS ANDRÉS CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.029.172, CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.641.025, FRANCIA COROMOTO CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.641.024, ZANDRA EUGENIA CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.663.826, GERMÁN SANTIAGO CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.667.683, JOSÉ GREGORIO CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.221.758, FRANCISCO JAVIER CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.221.815, de la fallecida MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, quien fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-1.528.903, quien falleció en fecha 28 de mayo de 2014.

Para providenciar, se procede al análisis de los elementos de autos consignados a objeto de la demostración de lo solicitado.

ANÁLISIS DE LA PRUEBAS PRESENTADAS
• Acta de Defunción, signada con el No. 575-P, expedida el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 28 de mayo de 2014, referido al fallecimiento de la ciudadana MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, quien fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-1.528.903, señalándose en dicha acta, que la ciudadana en mención falleció en fecha 28 de mayo de 2014. Esta documental se valora como documento administrativo dotado de presunción de ejecutividad y ejecutoriedad, conforme a la previsión normativa del artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, para demostrar el fallecimiento de la ciudadana MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS.
• Partida de Nacimiento Nro. 558, del año 1.944, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento del ciudadano RODOLFO ANTONIO, señalándose en dicha acta que el ciudadano en mención era hijo de la MAGDALENA VARELA. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre del ciudadano RODOLFO ANTONIO VALERA.
• Partida de Nacimiento Nro. 95, del año 1.950, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento de la ciudadana TERESA DE JESÚS, señalándose en dicha acta que la ciudadana en mención era hija de la MARÍA MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO A. CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre de la ciudadana TERESA DE JESÚS CONTRERAS VARELA.
• Partida de Nacimiento del año 1.951, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento de la ciudadana GLADYS AMANDA, señalándose en dicha acta que la ciudadana en mención era hija de la MARÍA MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO A. CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre de la ciudadana GLADYS AMANDA CONTRERAS VARELA.
• Partida de Nacimiento No. 189 del año 1.953, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento de la ciudadana ROSA MATILDE, señalándose en dicha acta que la ciudadana en mención era hija de la MARÍA MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO A. CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre de la ciudadana ROSA MATILDE CONTRERAS VARELA.
• Partida de Nacimiento No. 841 del año 1.954, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento de la ciudadana CARMEN BEATRIZ, señalándose en dicha acta que la ciudadana en mención era hija de la MARÍA MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO ALEJO CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre de la ciudadana CARMEN BEATRIZ CONTRERAS VARELA.
• Partida de Nacimiento No. 1678 del año 1.956, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento del ciudadano LUÍS ANDRÉS, señalándose en dicha acta que el ciudadano en mención era hijo de la MARÍA MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO A. CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre del ciudadano LUÍS ANDRÉS CONTRERAS VARELA.
• Partida de Nacimiento No. 720 del año 1.958, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento del ciudadano CARLOS ALBERTO, señalándose en dicha acta que el ciudadano en mención era hijo de la MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre del ciudadano CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARELA
• Partida de Nacimiento No. 204 del año 1.960, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento de la ciudadana FRANCIA COROMOTO, señalándose en dicha acta que la ciudadana en mención era hija de la MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre de la ciudadana FRANCIA COROMOTO CONTRERAS VARELA
• Partida de Nacimiento No. 377 del año 1.961, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento de la ciudadana ZANDRA EUGENIA, señalándose en dicha acta que la ciudadana en mención era hija de la MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre de la ciudadana ZANDRA EUGENIA CONTRERAS VARELA.
• Partida de Nacimiento No. 1056 del año 1.962, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento del ciudadano GERMÁN SANTIAGO, señalándose en dicha acta que el ciudadano en mención era hijo de la MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO ALEJO DE JESÚS CONTRERAS CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre del ciudadano GERMÁN SANTIAGO CONTRERAS VARELA
• Partida de Nacimiento No. 380 del año 1.964, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro Maria Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento del ciudadano JOSÉ GREGORIO, señalándose en dicha acta que el ciudadano en mención era hijo de la MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO ALEJO DE JESÚS CONTRERAS CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre del ciudadano JOSÉ GREGORIO CONTRERAS VARELA
• Partida de Nacimiento No. 1152 del año 1.965, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro Maria Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, relativo al nacimiento del ciudadano FRANCISCO JAVIER, señalándose en dicha acta que el ciudadano en mención era hijo de la MAGDALENA VARELA Y SANTIAGO ALEJO DE JESÚS CONTRERAS CONTRERAS. Esta documental se valora como documento administrativo demostrativo conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar, de su contenido que la de cujus MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, era madre del ciudadano FRANCISCO JAVIER CONTRERAS VARELA
• Declaración testifical de los ciudadanos ANTONIO MIGUEL SANCHEZ HERNÁNDEZ y RAMIRO LEÓN MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-4.206.863 y V-1.529.587, respectivamente, de este domicilio y hábiles, quienes en fecha 16 de julio de 2014, declaran ante este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y son contestes en señalar: que conocen desde hace varios años a los ciudadanos RODOLFO ANTONIO VALERA, TERESA DE JESÚS CONTRERAS VARELA, GLADYS AMANDA CONTRERAS VARELA, ROSA MATILDE CONTRERAS VARELA, CARMEN BEATRIZ CONTRERAS DE OROZCO, LUÍS ANDRÉS CONTRERAS VARELA, CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARELA, FRANCIA COROMOTO CONTRERAS VARELA, ZANDRA EUGENIA CONTRERAS VARELA, GERMÁN SANTIAGO CONTRERAS VARELA, JOSÉ GREGORIO CONTRERAS VARELA, FRANCISCO JAVIER CONTRERAS VARELA, que igualmente saben y les consta que eran hijos, respectivamente, de la causante MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS. Estas declaraciones, por ser contestes entre si y referirse a hechos de los que tienen conocimientos los testigos, se valoran de conformidad con lo indicado en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil como demostrativos de su dichos.

DECISIÓN
De las pruebas presentadas, la cual ha sido previamente valorada, se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por el solicitante; en consecuencia de ello, y conforme a lo establecido en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE MARÍA MAGDALENA VARELA DE CONTRERAS, quien fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-1.528.903, según registro de defunción No. 575-P, expedida el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 28 de mayo de 2014, a los ciudadanos RODOLFO ANTONIO VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.892.378, TERESA DE JESÚS CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.629.731, GLADYS AMANDA CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.620.265, ROSA MATILDE CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.999.888, CARMEN BEATRIZ CONTRERAS DE OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.627.814, LUÍS ANDRÉS CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.029.172, CARLOS ALBERTO CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.641.025, FRANCIA COROMOTO CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.641.024, ZANDRA EUGENIA CONTRERAS VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.663.826, GERMÁN SANTIAGO CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.667.683, JOSÉ GREGORIO CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.221.758, FRANCISCO JAVIER CONTRERAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.221.815, en su condición de hijos. Y ASÍ SE DECIDE.

De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales, Publíquese, Regístrese y Déjese Copia.
El Juez Temporal,



Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Abg. Zulimar Hernández Méndez
En esta misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No. 243
JJMC/ZHM/ep.-