REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del estado Táchira
San Cristóbal, 19 de febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO Nª SP22-G-2014-000020
Sentencia Interlocutoria con Fuerza de definitiva Nº 016/2014
PARTES
RECURRENTE RECURRIDO
Ciudadano HENRRY JOSÉ BAUTISTA ANDRADE titular de la cédula de identidad N° V-16.612.763, asistido por el abogado LUPIS ALBERTO GUERRA RONDÓN inscrito en el IPSA bajo el N° 179.437. Instituto Autónomo de Policía del estado Táchira.
MOTIVO
Querella funcionarial contra el Acta N° 08 de fecha 10 de octubre de 2013, emanada del Instituto Autónomo de Policía del estado Táchira, donde se destituyó al hoy querellante con fundamento en los artículos 97 numeral 7 de la Ley del estatuto de la Función Pública.
DE LA COMPETENCIA
Una vez revisada la norma estatuida en el artículo 25 numeral 3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, así como el artículo 93 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, este Tribunal se declara COMPETENTE para decidir y conocer la presente causa. Así se decide.
DE LA ADMISIBILIDAD
Este Tribunal advierte que mediante Sentencia Interlocutoria 079/2014 de fecha 19 de febrero de 2014, recaída en el asunto N° SP22-G-2014-000019, se admitió Querella funcionarial relacionada con las partes aquí intervinientes, contra el mismo acto administrativo, en consecuencia de ello y de conformidad a lo previsto en el artículo 61 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara la litispendencia de la presente causa.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
Primero: COMPETENTE para conocer de la presente demanda por vía de hecho.
Segundo: SE DECLARA la litispendencia, extinguida la presente causa.
Tercero: ORDENA el archivo del expediente.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los diecinueve (19) días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez,

Dr. Carlos Morel Gutiérrez Giménez
El Secretario,
Abog. Ángel Daniel Pérez Urbina.
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo las nueve y media de la mañana (09:40 a.m.)-.
El Secretario,
Abog. Ángel Daniel Pérez Urbina.
ASUNTO: SP22-G-2014-000020
CMGG/Ángel/