En el día de hoy miércoles diecinueve (19) de Febrero de Dos Mil Catorce (2.014), siendo las 09: am, presente el Ciudadano: BAUDILIO SANCHEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.799.067, de éste domicilio de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, hábil civilmente, con un vehículo de su propiedad, de las siguientes característica: CLASE: CAMONIETA; TIPO: PICK-UP; MARCA: JEPP; MODELO: CJ-5; AÑO/MODELO: 1972; COLOR: VERDE; PLACA: A13AS3S; SERIAL DE CARROCERIA: J2M346KA06684; SERIAL DE MOTOR: 703E12, USO: CARGA; SERVICIO: PRIVADO, propiedad del Solicitante supra identificado, según Certificado de Registro de Vehículo Nº 29035119, emitido por el Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre de fecha 28 de Enero de 2.010, asistido para éste acto de la Abogada en ejercicio, ciudadana: SOLANGE BOLDU CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.098.191, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.975, de éste domicilio, en la sede de éste Juzgado ejecutor de Medidas de Los Municipio Ayacucho; Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a cargo de la Abogada: Saida Yamilka Prada Chacón, en su carácter de Jueza Ejecutora Provisoria, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano, a fin de dar cumplimiento con el exhorto procedente del Juzgado del Municipio Ayacucho de ésta Circunscripción Judicial, librado en la solicitud de Inspección Judicial N° 3745-14, que consiste en la practica de la inspección judicial sobre el mencionado vehículo arriba identificado. Se hizo presente en la sede de éste Tribunal Ejecutor de Medidas. Presente el Sargento, Ciudadano: Leal Cacua Armando, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.490.626, con placa N° 5.403, en su carácter de Experto en revisado de vehículos adscrito Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transito y Transporte Terrestre (I.N.T.T.T.), según solicitud en el Oficio Nº 32/2.014, de fecha 10/02/2.014, a quién se le impuso del cargo a desempeñar, acto seguido éste Tribunal le tomo el juramento de Ley y expuso: “Acepto el nombramiento de experto y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo”. Seguidamente éste Tribunal Ejecutor de Medidas conjuntamente con el experto en vehículos designado procede a dejar expresa constancia de los particulares solicitados en la referida solicitud de inspección judicial. PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado deja expresa constancia que el vehículo con las siguientes
característica: CLASE: CAMONIETA; TIPO: PICK-UP; MARCA: JEPP; MODELO: CJ-5; AÑO/MODELO: 19972; COLOR: VERDE; PLACA: A13AS3S; SERIAL DE CARROCERIA: J2M346KA06684; SERIAL DE MOTOR: 703E12, USO: CARGA: SERVICIO: PRIVADO; Observa que la chapa contentiva del SERIAL DE CARROCERIA objeto de ésta inspección judicial, no ha sido removida. SEGUNDO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado deja expresa constancia, que revisado exhaustivamente el mencionado vehículo, se pudo constatar que los dígitos del Serial de Carrocería ubicado en el paral delantero de la puerta del chofer, se encuentran completos a excepción de los números 6 y 8, que corresponden al ANTEPENULTIMO y PENULTIMO en su orden descendente, que fueron golpeados aparentemente con un objeto punzante, ocasionando como consecuencia el daño antes señalado. TERCERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado deja expresa constancia, que el vehículo presenta las siguientes característica: CLASE: CAMONIETA; TIPO: PICK-UP; MARCA: JEPP; MODELO: CJ-5; AÑO/MODELO: 19972; COLOR: VERDE; PLACA: A13AS3S; SERIAL DE CARROCERIA: J2M346KA06684; SERIAL DE MOTOR: 703E12, USO: CARGA; SERVICIO: PRIVADO, propiedad del Solicitante, ciudadano: BAUDILIO SANCHEZ SANCHEZ, supra identificado, según Certificado de Registro de Vehículo Nº 29035119, emitido por el Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre de fecha 28 de enero de 2.010. CUARTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado deja expresa constancia, que efectivamente las características señaladas en el Titulo de propiedad coinciden con las características verificadas en ésta inspección judicial. QUINTO: Ante este particular este Tribunal no se pronuncia por no tener nada a que referirse el solicitante. Es todo. No siendo otro el objeto de este Tribunal declara cumplida la Inspección Judicial, ordenada por el Juzgado comitente, se declara concluido el acto a las 10:30 am. Se deja constancia que la realización de esta inspección judicial, no genero ningún tipo de arancel ni emolumento alguno, se acuerda dejar copias fotostáticas de las actuaciones para el archivo de este Tribunal. Término, se leyó y conformes firman.-


LA JUEZA EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON






EL SOLICITANTE:


BAUDILIO SANCHEZ SANCHEZ

ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE


ABG. SOLANGE BOLDU CONTRERAS


EL EXPERTO:


SARGENTO: LEAL CACUA ARMANDO





WILLIAM FROILAN ZAMBRANO ZAMBRANO
EL SECRETARIO




Exhorto N° 996-2.014.