REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 5106-13
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: ANDREINA ALEXANDRA PEREZ CASTILLO
DEMANDADO: HELSIN ALI SOSA PARRA
En el día de hoy, cuatro (04) de febrero de 2014, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos ANDREINA ALEXANDRA PEREZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 17.492.159 y HELSIN ALI SOSA PARRA, titular de la cédula de identidad N° 13.038.649, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano, HELSIN ALI SOSA PARRA, quien manifestó: “OFREZCO COMO OBLIGACION D EMANUTENCION LA CANTIDAD E OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800°°) y cuotas extras para los meses de septiembre en la cantidad de un mil seiscientos bolívares (Bs. 1600°°) y para el mes de diciembre en la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2000°°) y 50% de los gastos médicos. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana ANDREINA ALEXANDRA PEREZ CASTILLO, quien manifestó “ QUE ESTA DE ACUERDO CON LO EXPUESTO Y OFRECIDO POR EL PADRE DE NUESTROS HIJOS Y ME COMPROMETO A APERTURAR LA CUENTA EN EL BANCO BICENTENARIO” Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACTO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. La presente obligación de manutención entra en vigencia a partir de la presente fecha. ES TODO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
ANDREINA ALEXANDRA PEREZ CASTILLO ________________
HELSIN ALI SOSA PARRA ___________________________
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ