REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 4879-13

ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION

DEMANDANTE: MARYURI ALEJANDRA VALLADARES BARRERA.

DEMANDADO: EDWIN ARFILIO RINCON CASTILLO

En el día de hoy, CATORCE (14) de febrero de 2014, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos MARYURI ALEJANDRA VALLADARES BARRERA, titular de la cédula de identidad Nº 14.776.552 y EDWIN ARFILIO RINCON CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 14.378.754, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano, EDWIN ARFILIO RINCON CASTILLO, quien manifestó: “Ofrezco como o0bligacion de manutención para nuestro hijo la cantidad de ochocientos bolívares (Bs. 800°°) mensuales y cuotas extraordinarias para los meses de agosto y diciembre en la cantidad de un mil seiscientos bolívares (Bs. 1600°°), cantidades que depositare en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario y de la cual estoy tomando debida nota, a partir del 25 de febrero de 2014.”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana MARYURI ALEJANDRA VALLADARES BARRERA, quien manifestó“Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de nuestro hijo en cuanto al ofrecimiento de obligación de manutención” Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, 50% por cada uno de los progenitores. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACTO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. ES TODO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN.

LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

MARYURI ALEJANDRA VALLADARES BARRERA ____________

EDWIN ARFILIO RINCON CASTILLO ___________________


EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ