REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, doce de febrero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO: SP01-S-2012-000042
PARTE OFERENTE: INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICO DR. RAÚL CASTILLO C.A.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERENTE: LUÍS MEDINA GALLANTI, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 75.666
PARTE OFERIDA: DANIEL PANTALEON NIÑO, venezolano, mayor de edad, con cédula N° 9.243.147
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO POR PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES

De la revisión efectuada a la presente causa se evidencia que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar el proceso se verificó el día 01 de octubre de 2012, fecha en que la parte oferente consigna escrito de subsanación de la oferta de pago y el 05 de diciembre de 2012 deja constancia de haber recibido el oficio n° OCC/074/2012 de fecha 09-10-2012 para efectuar la apertura de la cuenta bancaria correspondiente. Al respecto, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.


Ahora bien, visto que desde el 05 de diciembre de 2012, ha transcurrido suficientemente el lapso establecido en los artículos antes señalados, sin que la parte actora haya impulsado el procedimiento, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso de CONSIGNACIÓN DE PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES, seguido por el INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICO DR. RAÚL CASTILLO C.A, a favor del ciudadano DANIEL PANTALEON NIÑO, venezolano, mayor de edad, con cédula N° 9.243.147
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los doce (12) días del mes de febrero de dos mil catorce (2014)
La Juez,

Abg. Liliana Duque Rosales La Secretaria