JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 07 de enero de 2014.
203° y 154°
Visto el contenido de la diligencia suscrita ante este Tribunal, por el Abogado ROMÁN ALESSANDRO LEAL MOLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.391, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAKSON JOSÉ CHACÓN GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.974.348, parte demandante, por una parte y por la otra parte los ciudadanos ISMENIA ROSLIN TORO DE CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.605.581, en su condición de aceptante y HENRY ORLANDO CALDERÓN QUIJANO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.929.227, en condición de fiador y cónyuge de la aceptante, parte demandada, mediante el cual celebran ACTO DE COMPOSICIÓN VOLUNTARIA, respecto al cumplimiento de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 27 de septiembre de 2012, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria Accidental,
ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 2:30 p.m., quedó registrada bajo el Nº 02, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA
Secretaria Accidental
Exp. Nº 2179/2011
BYVM/sr
Va sin enmienda.
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