JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 29 de enero de 2014.
203º y 154º
Por recibido el presente expediente administrativo Nº 305/2013, junto con oficio Nº 004/2014, de fecha 09 de enero de 2014, constante de un (01) folio útil y anexos en quince (15) folios útiles, procedente del Consejo de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del Municipio Libertad del Estado Táchira. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor del niño …; fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Vista el acta de la fijación de Obligación de Manutención de fecha 02/12/2013, suscrita por los ciudadanos: ROSARIO DE LA CONSOLACIÓN RODRÍGUEZ FLOREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-19.234.310, domiciliada en Puente Unión, Carrera 2–25, Municipio Libertad, Estado Táchira, teléfono 0424-7017862; y JHOAN RAMÓN MARTÍNEZ RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.958.371, domiciliado en la Urbanización Ernesto Cánchica, Casa Nº 47, Municipio Libertad, Estado Táchira, teléfono 0416-1386186. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos ROSARIO DE LA CONSOLACIÓN RODRÍGUEZ FLOREZ y JHOAN RAMÓN MARTÍNEZ RONDÓN, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial y líbrese oficio al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertad, Estado Táchira; participando de la presente homologación. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.


En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 2513/2014, se libró notificación a las partes y al Fiscal del Ministerio Público competente. Se libró oficio Nº 3140-73 al CPNA. Se publicó siendo las 3:00 p.m., del día veintinueve (29) de enero de dos mil catorce (2014), quedando registrada bajo el Nº 21.


Abg. Maurima Molina Colmenares / Secretaria.
BYVM/sr