REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:


JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Santa Ana 28 de Enero de 2014.
203° y 154°
SOLICITANTES: YORLEY GERALDINE GARCÍA GRANADOS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.959.314 y Abg. MANUEL AUGUSTO TRUJILLO ARCHILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.993.447 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 79.078, representante legal de la empresa FABLOTACA.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO CONCILIATORIO
SOLICITUD N° 2383

Visto el contenido del Acto realizado en fecha Veinticuatro (24) de Enero, en este Despacho entre los ciudadanos: YORLEY GERALDINE GARCÍA GRANADOS y MANUEL AUGUSTO TRUJILLO, identificados plenamente, donde la parte afectada, ciudadana Yorley García manifiesta “que recibe conforme la cantidad de Ochenta Mil Bolívares (Bs. 80.000,00), en cheque N° 21242667, contra el Banco Bicentenario, como pago único y total por concepto de indemnización por daño patrimonial y moral generado en perjuicio de su persona en dicho accidente, no quedando a deber nada ni por éste ni por ningún otro concepto la empresa FABLOTACA y/o sus representantes legales ” POR LAS RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO, ESTE JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 256 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA el acuerdo celebrado en fecha veinticuatro (24) de enero de 2014, acuerda darle el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo de la presente solicitud.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, a los Veintiocho (28) días del mes de Enero de 2014.-


AIDALIA M. IGLESIAS D.
JUEZ TEMPORAL

JESÚS LANDINEZ
SECRETARIO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


EL SECRETARIO