REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, diecisiete de enero del año dos mil catorce
203º y 154º

ASUNTO: SP01-L-2012-000900

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE DEMANDANTE: GLADYS YUDITH SUÁREZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad n°. V- 8.108.314.
APODERADO JUDICIAL DEMANDANTE: FRANDINA HERNANDEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No: 53.098
PARTE DEMANDADA: BETTY SUÁREZ DE MORA y GHERSI MORA SÁNCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de identidad Nros. V- 8.103.041 y V- 20.879.165.
APODERADO JUDICIAL DEMANDADA: No tiene constituido
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS DERECHOS LABORALES

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada por el Alguacil en la presente causa se efectúo en fecha 11 de enero de 2013, y la parte interesada no realizo más actuaciones para impulsar la presente demanda, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 11 de enero de 2013, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS DERECHOS LABORALES, incoara la ciudadana GLADYS YUDITH SUÁREZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad n°. V- 8.108.314, en contra de las ciudadanas BETTY SUÁREZ DE MORA y GHERSI MORA SÁNCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de identidad Nros. V- 8.103.041 y V- 20.879.165. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los diecisiete (17) días del mes de enero de dos mil catorce (2014).
El Juez,


Abg. Jorge Armando Allen G







El Secretario,







JAAG/rr