REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
203 ° Y 154°
En fecha 08/01/2014, este Tribunal Superior publicó sentencia definitiva en el expediente con nomenclatura Nro 2817, contentivo del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por Distribuidora don Pancho de los Andes C.A, en contra de la República Bolivariana de Venezuela, sin embargo, de la revisión oficiosa del expediente se pudo constatar que por error involuntario se transcribió que procede condena en costas a la Sociedad Mercantil tal y como se infiere de la lectura de la sentencia folio 114, siendo lo correcto procede condena en costas a la República Bolivariana de Venezuela, por tal razón este Tribunal, de conformidad con las potestades que le confiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, por ser el Juez el director del proceso hasta cuando llegue a su conclusión, en atención al artículo 206 ejusdem, y con fundamento en los autos de corrección emitidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 14/10/2003 y 06/12/2004, procede a la corrección del error material que se apuntó por ser de naturaleza formal. Así se decide.
DECISIÓN
En los términos antes expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región los Andes, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, CORRIGE el error material en que se incurrió en el fallo del 08 de enero de 2014 en cuanto al señalamiento:
En consecuencia al ser el recurso contencioso con lugar, procede la condena en costas a la Sociedad Mercantil, sin embargo, se exime del pago de costas procesales a la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el criterio jurisprudencial sostenido por la Sala Político Administrativa, Sentencia N° 00215 del 10/03/2010, Caso: GUERRERO VALVERDE C.A., (GUEVALCA).
Siendo lo correcto:
En consecuencia al ser el recurso contencioso con lugar, procede la condena en costas a la República Bolivariana de Venezuela, sin embargo, se exime del pago de costas procesales a la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el criterio jurisprudencial sostenido por la Sala Político Administrativa, Sentencia N° 00215 del 10/03/2010, Caso: GUERRERO VALVERDE C.A., (GUEVALCA).
Téngase la presente corrección como parte integrante de la sentencia de este Tribunal de fecha 08/01/2014.
Notifíquese al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, al día 27 del mes de enero de Dos Mil CATORCE (2014). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ /JUEZ TITULAR /WUENDY ZULEIMA MONCADA/LA SECRETARIA ACCIDENTAL