REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, cuatro de diciembre del año dos mil catorce.-
204º y 155º
Recibido el presente expediente mediante Sentencia Interlocutoria de Declinatoria de Competencia, dictada en fecha 30/05/2014 por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, (folios 13 al 16), esta Instancia Agraria, destaca de las actas procesales, que se trata de solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria (Titulo Supletorio), sobre unas mejoras levantadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras utilizado para cultivos, ubicado en la Aldea Bare Bare, Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, estado Táchira. En consecuencia, este Tribunal se declara Competente para conocer de la presente solicitud.

Asimismo, visto el escrito de solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, presentado en fecha 18/11/2014 por el ciudadano Manuel Bueno Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-11.493.251, domiciliado en la Aldea Bare Bare, casa N° S/N, Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, estado Táchira, asistido por el abogado Omar Alirio Niño Medina, venezolano, mayor de edad, casado titular de la cédula de identidad N° V- 3.794.224. En consecuencia, se admite cuanto ha lugar en derecho y se acuerda oficiosamente practicar Inspección Judicial en el lote de terreno denominado “Vista Hermosa” ubicado en la Aldea Bare Bare, Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, estado Táchira, constante de Una hectárea con cinco mil ochocientos veinte cuadrados (1 Ha 5.820 mts), dentro de los siguientes linderos: Norte: con carretera Paramillo, Sur: Terrenos que son o fueron de Corpoandes; Este: Terrenos que son o fueron de Corpoandes; Oeste: Carretera vía Paramillo, Aldea Bare Bare, para lo cual se fija el séptimo (7°) día de despacho siguiente al de hoy, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.). En cuanto a la ratificación de las testimoniales evacuadas por ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, se fija para el tercer (3°) día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar la ratificación testimonial de los testigos ciudadanos Bernardo Delgado Clavijo y Gerardo Pérez Pabón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 4.632.944 y V- 22.638.161, de este domicilio, a las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.) y nueve y treinta horas de la mañana (09:30), en su orden. Asimismo, se acuerda oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, Extensión Táchira, para la designación de experto que asista a la comisión con sus conocimientos técnicos, así como a la Dirección Administrativa Regional del estado Táchira, para la asignación de un vehiculo a los fines del traslado.

La Jueza Provisoria,

Xiomara Méndez Ramírez. La Secretaria,
Carmen Rosa Sierra M.