TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, Cuatro (04) de Diciembre del año Dos Mil Catorce (2014).

204° y 155°

Visto el CONVENIMIENTO realizado en fecha 02 de diciembre de 2014, por la ciudadana EURIS OMARLIN MÁRQUEZ VELASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-23.541.652; al ofrecimiento de obligación de manutención, realizado por el ciudadano ÁLVARO LUIS CONTRERAS RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.258.947; a favor del niño …; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, de acuerdo con lo solicitado, ofíciese al Banco Bicentenario, Agencia Capacho, a fin de que aperture una cuenta de ahorros para los depósitos de obligación de manutención; la cual será movilizada sin autorización de este Tribunal, conforme a resolución emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 15/10/2008; para lo cual líbrese oficio. Notifíquese al Fiscal XIII del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. IRALÍ JOCELYN URRIBARRÍ DÍAZ

LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 2:00 p.m., quedó registrada bajo el Nº 294 se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Se libró boleta de notificación al Fiscal y Oficio Nº 3140-858 al Banco Bicentenario.

Abg. Maurima Molina Colmenares / Secretaria
Exp. Nº 2631/2014
IJUD/sr
Va sin enmienda.