TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, tres (03) de diciembre del año dos mil catorce (2014).

204º y 155º

Por recibido el presente expediente administrativo Nº 038/2014, junto con oficio Nº 233/2014, de fecha 21 de octubre de 2014, constante de un (01) folio útil y anexos en siete (7) folios útiles, procedente del Consejo de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor de los niños …; fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Vista el acta de la fijación de Obligación de Manutención de fecha 29 de abril de 2014, suscrita por los ciudadanos: YORLEY SOLEIDA RUIZ RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-19.676.463, domiciliada en Salado Negro, Vía La Aguada, Casa Azul Sin Número, preguntar por la casa de la Sra. Josefina Ruiz, Libertad, Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira, teléfono 0416-7754280; y GERSON DANIEL NOVA NOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.446.489, domiciliado en el Poblar, Casa S/N, Vereda Los Gallinazos, Libertad, Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira, teléfono 0416-3790089. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN solo en lo que respecta a la obligación de manutención, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos YORLEY SOLEIDA RUIZ RUIZ y GERSON DANIEL NOVA NOVA, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial y líbrese oficio al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Capacho Viejo, Estado Táchira; participando de la presente homologación. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. IRALÍ JOCELYN URRIBARRÍ DÍAZ


LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.


En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 2668/2014, se libró notificación a las partes y al Fiscal del Ministerio Público competente. Se libró oficio Nº 3140-852 al CPNNA. Se publicó siendo las 1:00 p.m., del día tres (03) de diciembre del año dos mil catorce (2014), quedando registrada bajo el Nº 293.


Abg. Maurima Molina Colmenares / Secretaria
IJUD/sr