En el día de hoy, martes, dos de diciembre de dos mil catorce, siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la ciudadana STELLA MARIA VELASCO, titular de la cédula de identidad N° V-.5.639.345, debidamente asistida por la Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño, Niña y adolescente abogada MARISOL MALDONADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.370; quien actúa con el carácter de ejecutante; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Carrera 4, Casa N° 10-89 La Ermita Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, estado Táchira; a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCIÓN DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO, en el JUICIO que por Obligación de Manutención sigue contra el ciudadano LUIS HUMBERTO MARIÑO MERCHAN, titular de la cédula de identidad N° V-10.168.076; en el expediente N° 56844, que cursa por ante el Juzgado de la causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales ESMEL ESTUPIÑAN NAVARRO Y YAYNNER STIPHEN ESPINOZA C., titulares de las cedulas de identidad Nº V-20.475.390 y V-19.677.338, placas 4721 y 4061, respectivamente, adscritos a la Brigada de orden Publico. Seguidamente, el Tribunal acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano JAIME ANTONIO NARANJO FRANCO, titular de la C.I. N° V-3.996.039 y como Depositario Judicial al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° V-1.555.677, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento Poder autenticado por ante la Notaria Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 06 de marzo de 2007, inserto bajo el N° 61, Tomo 52 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria; quienes estando presentes en este acto manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza. En este estado, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y cede el derecho de palabra a la parte actora quien expuso: “señalo para ser embargado ejecutivamente los derechos y acciones que le puedan corresponder al demandado ciudadano LUIS HUMBERTO MARIÑO MERCHAN, plenamente identificado, sobre la presente casa de habitación construida sobre terrenos ejidos, signada con el N° 10-89, carrera 4, la ermita, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira (inmueble en el cual se encuentra constituido este Tribunal), con N° Catastral: 04-03-029-007, compuesta de piso de cemento, paredes de adobe y bloque, techos de platabanda y teja, constante de 32 habitaciones pequeñas para dormir, sanitario, instalaciones de agua, luz y dos patios, cuyos linderos y medidas son las siguientes; NORTE, con mejoras que son o fueron de SATURNA LIZCANO, mide 30,80 mts, en línea quebrada; SUR, Mejoras que son o fueron de Alcides Chacón, mide 31,80 mts; ESTE: Con la carrera 4, mide 9:45 mts; y OESTE, con mejoras que son o fueron de María M. Zambrano, mide 5,57 mts; todo lo cual consta en documento registrado en la oficina de Registro Inmobiliario Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal, estado Táchira, de fecha 11 de abril de 2005, inserto bajo el N° 200 folio 295; hasta cubrir el monto decretado por el Juzgado de la causa, es todo”. En este estado, se efectúan los toques de ley a las puertas del inmueble señalado por la parte ejecutante, sin obtener respuesta de persona alguna. Seguidamente, solicita el derecho de palabra al Perito designado, a fin de que rinda su informe, quien expuso:”El inmueble consta de una casa para habitación la cual se encuentra cerrada, observándose por su frente rejas metálicas y un portón metálico que el mismo da acceso a un galpón anexo al inmueble, por lo que su ubicación y linderos lo avalúo prudencialmente en la cantidad de DOS MILLONES DE BOLÍVARES, (Bs. 2.000.000,00), es todo”. El Tribunal declara legalmente EMBARGADOS EJECUTIVAMENTE, los derechos y acciones que le puedan corresponder al demandado ciudadano LUIS HUMBERTO MARIÑO MERCHAN, plenamente identificado sobre el presente inmueble, descrito en el documento de propiedad de fecha 11 de abril de 2005, Registrado bajo el N° 200, folio 295, en la Oficina de Registro Inmobiliario-Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, corriente a los folios 07 al 09, del presente expediente de comisión, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs.33.000,00), monto decretado por el Tribunal de la causa, y en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, quedando el Depositario Judicial designado en la obligación de ejercer la supervisión periódica a dicho inmueble. Asimismo este Tribunal acuerda participar mediante oficio al Registrador Subalterno correspondiente la práctica de la presente medida de embargo ejecutivo, de conformidad con el Artículo 535 Ejusdem; y ordena el libramiento de un Cartel de Notificación, fijar el original en las puertas del referido inmueble y agregar una copia al carbón del mismo a la comisión, todo en virtud de que en dicho inmueble no se encuentra el demandado o representante alguno para su notificación. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:00 p.m y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR




ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,


STELLA MARIA VELASCO
DEFENSORA PÚBLICA ESPECIALIZADA


ABG. MARISOL MALDONADO
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES


ESMEL ESTUPIÑAN NAVARRO


YAYNNER STIPHEN ESPINOZA C
EL PERITO DESIGNADO,


JAIME ANTONIO NARANJO FRANCO
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,


CARLOS ARTURO SANCHEZ
LA SECRETARIA,



MIRIAN CAROLINA MARTINEZ QUINTERO