TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, Trece (13) de Agosto del año Dos Mil Catorce (2014).

204° y 155°

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO, realizado en fecha 11 de agosto de 2014, entre los ciudadanos: YESSENNIA JOSSELINE MORA BORRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.873.776, domiciliada en el Molino, Parte Baja, Casa S/N, Independencia, Municipio Capacho Nuevo, Estado Táchira, y DENNYS WLADIMIR SUÁREZ MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.170.842, domiciliado en la Urbanización Santa Rosa, Casa Nº 132, Avenida Reverón, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor del niño …; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal XIV del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrese boleta.

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA CHACÓN.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 2:30 p.m., quedó registrada bajo el Nº 186 se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal.


Abg. Lidia Consuelo Mendoza / Secretaria Temporal

Exp. Nº 2527/2014
BYVM/sr
Va sin enmienda.