REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, ocho de abril del dos mil catorce
203º y 155º

ASUNTO: SP01-L-2012-000927


INDICACIÓN DE LAS PARTES:


PARTE ACTORA: CILENIA LEAL DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula Nro. V.- 10.194.360,

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN ALBERTO MONCADA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 83136.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil MARTIPLAST C.A.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Por cuanto se observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 05 de abril de 2013, este Juzgado con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 05 de abril de 2013, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue la ciudadana CILENIA LEAL DIAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 10.194.360 representada por su Apoderado JUAN ALBERTO MONCADA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 83.136, contra la Sociedad Mercantil MARTIPLAST C.A.

Regístrese, Publíquese y archívese. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los ocho (08) días del mes de abril del año dos mil catorce.

La Juez

Dra. Yalena Mora


La Secretaria,




En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.
YM/merh.-


Exp. N°SP01-L-2012-000927