REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, veintidós de abril de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: SP01-L-2012-000214

INDICACIÓN DE LAS PARTES:


PARTE DEMANDANTE: WALTERIO JULIO URIBE, titular de la cédula de identidad n°. V- 10.170.639.

APODERADO JUDICIAL DEMANDANTE: ANTONIO JOSE PERDOMO, inscrito en el inpreabogado bajo el No 37.719.

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES DURCAR C.A.

APODERADO JUDICIAL DEMANDADA: No constituido

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.




Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar la presente causa se realizó en fecha 05 de diciembre de 2012, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Ahora bien, como quiera de autos se desprende que en el presente juicio las últimas actuaciones son del Tribunal y desde el día 09 de enero de 2013, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo; por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara el ciudadano WALTERIO JULIO URIBE, titular de la cédula de identidad n°. V- 10.170.639, contra la sociedad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES DURCAR C.A.

Regístrese, Publíquese y archívese. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los veintidós (22) días del mes de abril de dos mil catorce (2014).

La Jueza,


Dra. Yalena Mora


La Secretaria,

Abog. Deivis Estarita




Exp.2012-214.