TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 28 de Abril de 2014

204º y 155º

Por recibido constante de 3 folios útiles, junto con los recaudos constantes de 30 folios útiles; désele entrada en el libro respectivo, fórmese expediente, inventaríese, háganse las anotaciones estadísticas y désele el curso de ley correspondiente. Vista la solicitud contentiva de HOMOLOGACIÓN DE LIQUIDACIÓN, PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, realizada por los ciudadanos JORGE YOVANY DELGADO SOTO Y NORMA ZULAY DURAN ARCHILA, venezolanos, mayores de edad, casados (sic), titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.231.746 y 14.776.251 respectivamente, de este domicilio y civilmente hábiles; asistidos por los abogados YHONH JAIRO LECHTIG LOPEZ Y DENNIS ORLANDO COLMENARES MORALES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.186.024 y 10.173.970; inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 192.120 Y 191.241 en su orden, por cuanto han convenido de mutuo y amistoso acuerdo en liquidar los bienes que integra la comunidad conyugal, el ciudadano juez procede a HOMOLOGARLA y en consecuencia, Téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Igualmente, expídase por secretaría copia mecanografiadas certificada del escrito de solicitud y del presente auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Juez Titular

Abg. Rosa Mireya Castillo Quiroz
Secretaria


Abg. Mirian Carolina Martinez Quintero

En la misma fecha se inventario bajo el No. 018 y se expidieron las copias certificadas.

Secretaria



Exp. 018
Zulay A.