TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. MICHELENA, VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL AÑO 2014.

203° y 155°

Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de las declaraciones de los ciudadanos Josefa Costero de Pérez, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.392.952 y Oddalis Virginia Zambrano Arellano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.098.304, la primera domiciliada en la terraza N° 12 casa N° 292 de la Pradera del Municipio Michelena del Estado Táchira y la segunda domiciliada en Altos de Michelena del Municipio Michelena del Estado Táchira y hábiles; vista el Acta de Defunción N° 06 de fecha 27 de enero del 2014, expedida por el Registro Civil del Municipio Michelena del Estado Táchira, perteneciente a la de cujus Ana Dolores Fuentes, quien fuera mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.232.172; vista igualmente la partida de Nacimiento No. 1909 de fecha 11 de junio de 1994, perteneciente a la ciudadana Ydaley Vivas Fuentes, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; vista igualmente la partida de Nacimiento No. 3960 de fecha 20 de noviembre de 1967, perteneciente al ciudadano Jairo Vivas Fuentes, expedida por el Registro Principal del Estado Táchira; vista igualmente la partida de Nacimiento No. 2125 de fecha 15 de julio de 1965, perteneciente al ciudadano German Raúl Vivas Fuentes, expedida por el Registro Principal del Estado Táchira; vista igualmente el acta de defunción No.8 de fecha 28 de febrero de 1990, perteneciente al ciudadano German Raúl Vivas Fuentes, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Independencia del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida; vista igualmente el acta de defunción No. 328-P de fecha 14 de abril de 2014, perteneciente al ciudadano Jairo Vivas Fuentes, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, los declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos Ydaley Vivas Fuentes, Jairo Vivas Fuentes y German Raúl Vivas Fuentes, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.683.742, V-9.212.574 y V-9.209.524 respectivamente, los dos últimos premuertos, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de hijos de la causante Ana Dolores Fuentes, quien falleció ab-intestato, el día 26 de enero del 2014, según consta de acta de defunción arriba señalada. Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-

Dra. Alicia Katherine Cárdenas de López
La Juez Temporal


Argilisbeth García Torres
Secretaria

En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Argilisbeth García Torres
Secretaria


AKCL/Agt
Sol N° 1563-2014