TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, veintiocho (28) de Abril del año dos mil catorce (2014).

204° y 155°

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO, realizado en acta de fecha 25 de Abril de 2014, entre los ciudadanos: CAMPO ELÍAS MUÑOZ OROZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V.-13.550.003, domiciliado en Tucape, Calle La Pradera, Urbanización Campo Claro, Casa Nº 37, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, teléfono 0426-8099012 y MARILU JAIME RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.506.415, domiciliada en el Barrio San Rafael, Carrera 7 con Calle 14, Capacho, Municipio Independencia, Estado Táchira, teléfono 0276-5996494, por OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de los niños …; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrese boleta.

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. IRALÍ JOCELYN URRIBARRÍ DÍAZ

LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 1:00 p.m., quedó registrada bajo el Nº 79 se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal.

Abg. Maurima Molina Colmenares / Secretaria
Exp. Nº 2539/2014
IJUD/sr
Va sin enmienda.