REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, catorce de abril del año dos mil catorce
203 y 155
Asunto n. º SP01-L-2013-000139 (Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad)
En el día de hoy, lunes 14 de abril del año 2014, siendo las 2:00 de la tarde, fecha y hora fijada para la celebración de la audiencia oral de juicio, en el recurso contencioso administrativo de nulidad, conjuntamente con solicitud medida cautelar de suspensión de efectos de la providencia aquí demandada, anotado bajo el n. º SP01-L-2013-000139, interpuesto por el abogado Héctor Alfredo Mora Ramírez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n. º 28.318, en su carácter de apoderado judicial del Instituto del Deporte Tachirense, en contra de la providencia administrativa n. º 992-2009, de fecha 18 de septiembre del 2009, emanada de la Inspectoría del Trabajo, General Cipriano Castro del Estado Táchira, motivado al procedimiento de reenganche y pago de salarios dejados de percibir a favor de los trabajadores Jesús Omar Cruz Bernal y Edgard Augusto Sánchez Saavedra, en el expediente administrativo n. º 056-2009-01-000490. El ciudadano Juez que preside este Tribunal declara abierta la audiencia, solicitando al secretario que anuncie el acto y verifique la presencia e identidad de las partes. A continuación, el secretario a viva voz anunció el acto y dejó constancia de la presencia de los ciudadanos Jesús Omar Cruz Bernal y Edgard Augusto Sánchez Saavedra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V.- 9.213.559 y V.- 23.170.083, en su orden, en su condición de terceros interesados en el presente asunto, acompañados de su apoderad judicial, abogada María Gabriela Archila, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el n. º 197.857. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora Instituto del Deporte Tachirense, igualmente de la accionada Inspectoría del Trabajo, General Cipriano Castro del Estado Táchira, a la audiencia de juicio ni por sí, ni por medio de los apoderados judiciales, así como la Fiscalía del Ministerio Público del estado Táchira, en consecuencia, vista la incomparecencia de la parte recurrente a la audiencia oral y pública de juicio, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: ÚNICO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
El juez

Abg. Miguel Ángel Colmenares Chacón
Secretario judicial

Abg. José Gregorio Guerrero Sánchez
Sentencia interlocutoria con fuerza definitiva n. º 43
Expediente n. º SP01-L-2013-000139
MÁCCh/jggs.