REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
203° Y 154°.

En fecha 18/03/2013 este tribunal dio entrada al presente Recurso Contencioso Tributario ejercido de manera subsidiaria, constante ciento cincuenta y nueve (159) folios útiles, INTERPUESTO POR: “IMPORTADORA EL GRAN BARATON C.A”.
En fecha 22/03/2013 se tramitó el presente expediente, ordenando las notificaciones mediante oficios a:
Todas practicadas y rielan a los folios:
Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; 171
Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas 164
Recurrente 169
División de Tramitaciones, Gerencia de Tributos Internos SENIAT. 162

Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 266 del Código Orgánico Tributario puesto que:


Se encuentra dentro del lapso establecido de 25 días de despacho.
Fecha de notificación
De la Resolución:
25/06/2009(F- 02)
Fecha de Interposición
Del recurso: 04/08/2009
Se observa cualidad e interés del recurrente.
Ciudadano ADOLFO LEON BURGOS, titular de la cedula V-163.063, venezolano, actuando en condición de apoderado de la empresa “IMPORTADORA EL GRAN BARATON C.A”, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 28/02/2007 Bajo el N° 19 tomo 51-A.

Se observa legitimidad de la persona que actúa en la presente causa.



Por lo tanto, viendo que no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que se Contiene conceptos ofensivos o irrespetuosos, debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO:

INTERPUESTO POR: El ciudadano ADOLFO LEON BURGOS, titular de la cedula V-163.063, abogado inscrito en el colegio bajo el N° 5.231, actuando en condición de apoderado de la empresa “IMPORTADORA EL GRAN BARATON C.A”.
INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL: Primero de la circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 28/02/2007 Bajo el N° 19 tomo 51-A.
EN CONTRA DE: SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2012-E-428 de fecha 31/10/2012 emitida por el Gerente Regional de Tributos Internos Región los Andes.

Por decisión de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia N° 778, caso Distribuidora Rower, de fecha 03-06-2009. Se ordena notificar a la Procuradora General de la Republica y se suspende la causa hasta que conste en autos dicha notificación, y una vez que conste en autos la misma se computará un lapso de ocho (8) días hábiles, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República, para tenerla por notificada, vencidos los cuales comenzara a correr diez (10) días de despacho para promover pruebas, de conformidad con lo establecido en el artículo 268 del Código Orgánico Tributario. Cúmplase. Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los veinte y seis (26) días de septiembre del año dos mil trece (2013). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Año 203 de la Independencia y 154º de la Federación.
ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
WENDY MONCADA
LA SECRETARIA (A)
Exp. 2851
ABCS/AC