REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

San Cristóbal, Estado Táchira, Martes 15 de Octubre de 2013, siendo la 1:40 de la tarde, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el Abogado Jorge Jaimes Larrota, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.915, quien actúa en su propio nombre; en un inmueble ubicado entre la Calles 4 y 5, Sector Centro, Edificio Nacional en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial; a fin de llevar a cabo Medida Preventiva de Embargo, en contra de los ciudadanos Ilia Rincón de Urdaneta, José Lorenzo Chacón Jaimes y Arnaldo Mendez Cardenas y la S.M. Laboratorio Bacteriológico Táchira C.A., Expediente N°8032, por Estimación e Intimación de Honorarios. Se encuentra presente la Abogado Iraly Jocelyn Urribarri Diaz, titular de la cédula de identidad No. V-13.171.502, Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial, quien fue notificada del objeto y misión del Tribunal. Seguidamente el ciudadano Juez, cede el derecho de palabra al Abogado Actor Jorge Jaimes Larrota, quien expuso: Ciudadano Juez, muy respetuosamente, solicito proceda a Embargar Preventivamente la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.55.000.00) que se encuentran depositados en el Expediente N° 7220, motivo Oferta Real de Pago a favor de Laboratorio Bacteriologico Táchira C.A.., tal como se evidencia en la Cuenta de Ahorros N° 0007-000117-0060304669, Banco Bicentenario, donde figura como titular Laboratorio Bacteriologico Táchira C.A.. Seguidamente el ciudadano Juez, solicita a la notificada se sirva permitir el Expediente N° 7220 asi como La Libreta de Ahorros. Seguidamente la Abogado Iraly Jocelyn Urribarri Diaz, permite al ciudadano Juez, el Expediente N° 7220, seguido por Oferta Real de Pago, el cual consta de Siete Piezas, como la Libreta No. 108544, Cuenta de Ahorros N° 0007-000117-0060304669, Banco Bicentenario. En este estado el ciudadano

Juez, revisado como ha sido el Expediente N° 7220, se evidencia al folio 411 al 443, de la pieza No. V, sentencia del Tribunal Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario del la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, donde se declara valido y procedente la Oferta Real de Pago y el subsiguiente deposito a favor de la S.M. Laboratorio Bacteriologico Táchira C.A., parte ejecutada en la presente medida, de igual forma se evidencia de la pieza No. V, en donde este Juzgado, es decir, donde esta constituido el Tribunal ordena la entrega de la Oferta Real de Pago a la cual asciende a la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (Bs.2.472.628.05). Ahora bien, visto lo acreditado en el Expediente No. 7220 y que dicha suma de dinero es propiedad del S.M. Laboratorio Bacteriologico Táchira C.A., tal como se refleja en la Cuenta de Ahorros N° 0007-000117-0060304669, Libreta No. 108544 del Banco Bicentenario, este Tribunal Administrando Justicia y de conformidad con el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil declara legal y preventivamente embargada la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.55.000.00) declarando la desposesión jurídica de la ejecutada, es por lo que este Tribunal solicita muy respetuosamente y con la venia del caso, se sirva emitir Cheque de Gerencia por la cantidad embargada a nombre del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial y el mismo sea remitido por Oficio al supra indicado Juzgado. Se acuerda expedir copia certificada del acta, para ser consignada en el Expediente N° 7220, igualmente se anexa a la presente acta, copia fotostatica de las hojas de la Libreta donde se refleja el titular y el saldo disponible. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto, siendo las 2:30 de la tarde, regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta, conformes firman. Dr. Félix Antonio Matos Juez Titular. Fdo Lugar del Sello Abogado Iraly Jocelyn Urribarri Diaz. Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Táchira. Depositaria Judicial Fdo. Abogado Jorge Jaimes Larrota. Parte Actora. Fdo Abg. Carmen B. Moreno Pérez Secretaria