JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 28 de octubre de 2013.
203° y 154°

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO, realizado en acta de fecha 22/10/2013, entre los ciudadanos: GABRIEL ANTONIO MATHEUS ESCALONA Y ANA PATRICIA GONZÁLEZ REAL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de de identidad Nros. V-11.091.212 y V-9.210.542 respectivamente y de este domicilio; por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (AUMENTO), a favor del niño …; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA C.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 3:00 p.m., quedó registrada bajo el Nº 254, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal competente.

Abg. Maurima Molina / Secretaria
Exp. Nº 2304/2012
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.