REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, seis de Noviembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: SP01-L-2012-000691

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE DEMANDANTE: DAVID ALEJANDRO PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad n°. V- 18.256.746.

APODERADO JUDICIAL DEMANDANTE: ADRIANA ISABEL RODRÍGUEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No 97.951.

PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES PESTALVEN C.A.
APODERADO JUDICIAL DEMANDADA: No constituido

MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS.



Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar la presente causa se realizó en fecha 20-09-2012 y la última actuación por parte del alguacil de este Tribunal se realizó en fecha 19 de Octubre de 2012, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 19 de Octubre de 2012, no hay actuaciones que den impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos lo antes señalado, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS, incoara el ciudadano DAVID ALEJANDRO PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad n°. V- 18.256.746, contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES PESTALVEN C.A. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los seis (06) días del mes de Noviembre de dos mil trece (2013).

La Jueza,


Dra. Yalena Mora

La Secretaría,