En el día de hoy Miércoles seis (06) de Noviembre de Dos Mil Trece (2.013), siendo las 10:00 AM, tal y como fue acordado en el auto anterior de ésta misma fecha, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a cargo de la Jueza Ejecutora Provisoria Abogada: Saida Yamilka Prada Chacón, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano; y se constituyó en la Emisora de Radio VIVE FM 96.7 STEREO, registrada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, inserto bajo el Nº 125, Tomo 24-B, de fecha 13 de Abril del año 2.007, ubicada, en la carrera 4, entre calles 4 y 5, del centro de ésta Ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, previa la habilitación del tiempo necesario, dada la urgencia del caso, fin de cumplir con el exhorto, ordenado por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, librado en la solicitud de Inspección Judicial Nº 367513, solicitada por el ciudadano: GABINO PAZ GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.099.320, en su carácter de Diputado a la Asamblea Nacional, de éste domicilio, asistido del Abogado en ejercicio, ciudadano: RAUL CECILIO CASTRO ARISMENDI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.584.334, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.686, de éste domicilio, Presente éste Tribunal Ejecutor de Medidas, en la Oficina de la referida Emisora VIVE FM 96.7 STEREO, junto con el solicitante, ciudadano: GABINO PAZ GUERRERO, asistido del Abogado en ejercicio, ciudadano: RAUL CECILIO CASTRO ARISMENDI, procedió a solicitar la presencia del Director de la Emisora VIVE FM 96.7 STEREO quien se encontraba en el sitio, ciudadano: CASANOVA MORALES JORGE ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.106.085, con el carácter de Director, de la mencionada Emisora, a quien se le notifico del objeto y misión a cumplir en el sitio y expuso: “Quedo notificado de la misión y objeto a cumplir en este sitio”. Acto seguido éste Tribunal Ejecutor de Medidas, procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el referido exhorto. AL PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de
Medidas, deja expresa constancia, según información del Director de la Emisora VIVE FM 96.7 STEREO, ciudadano: CASANOVA MORALES JORGE ENRIQUE, supra identificado, que efectivamente sí, dentro del contenido del Cuñero, en unas de sus cuñas se hace referencia al ciudadano Abogado: GABINO PAZ GUERRERO, aludiendo a su persona en condición de Diputado a la Asamblea Nacional y como Ex – Alcalde del Municipio Ayacucho; cuña transmitida efectivamente al aire, entre los (21, 22, y 23) de octubre de éste año 2.013, hasta el día de hoy. AL SEGUNDO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, insta a solicitud de la parte solicitante, al ciudadano: CASANOVA MORALES JORGE ENRIQUE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.106.085, en su carácter de Director de la referida Emisora VIVE FM 96.7 STEREO, a que proceda a realizar la respectiva copia de la grabación de la cual hace alusión o referencia a la persona del ciudadano Abogado: GABINO PAZ GUERRERO, en su condición de Diputado a la Asamblea Nacional y como Ex–alcalde del Municipio Ayacucho, a través de un CD, que queda a su disposición, ante el cual, él mismo solicita el día de hoy 06/11/2.013, para realizar el copiado y ser consignado el próximo día 07/11/2.013, en horas de la mañana. AL TERCERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, por información del Director de la Emisora VIVE FM 96.7 STEREO, declara que se refiere a una persona natural de nombre: Juan Pernia, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.823.331, quien contrato con la administración de ésta Emisora, para la transmisión de cuatro (4) cuñas, de las cuales solo se transmitieron dos (2), ambas con textos diferentes, referidas a la persona del ciudadano Abogado: GABINO PAZ GUERRERO, en su condición de Diputado a la Asamblea Nacional y como Ex–alcalde del Municipio Ayacucho. La misma, fue contratada por el espacio de un mes, a partir del (07) de octubre de 2.013 al (06) de noviembre de éste año, por un monto total de Seis Mil Bolívares (Bs.6.000,oo) de los cuales nuestro cliente abono CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.4.000,oo), hasta la presente fecha, adeudando la suma de Dos Mil Bolívares (Bs.2.000,oo). AL CUARTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, deja expresa constancia y por información del ciudadano: CASANOVA MORALES JORGE ENRIQUE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.106.085, en su carácter de Director de la referida Emisora VIVE FM 96.7 STEREO,
que la duración de cada una de las cuñas es de 1´30” (un minuto con treinta segundos), para ser transmitida cada hora, para un total de diez (10) veces al día. AL QUINTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, a petición del solicitante supra identificado, exhorta al Director de la referida Emisora, exhibir el contrato que establece las cláusulas bajo las cuales esta sometida la referida cuña (s) y se expida copia fotostáticas de la misma a fin de ser agregadas al presente exhorto. Es todo. Seguidamente éste Tribunal Ejecutor de Medidas, acuerda conceder el plazo solicitado por el Director de ésta Emisora, a los fines de la consignación del CD, y la copia fotostática simple del Contrato del mencionado contrato, a los fines de ser agregado al referido exhorto. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal, declara cumplida la Inspección Judicial, ordena por el Tribunal comitente, se declara concluido el acto, se acuerda dejar copia fotostática de las actuaciones para el archivo de este Tribunal, se deja constancia que el traslado de este Tribunal, a la realización de este acto, no genero ningún tipo de arancel ni emolumento alguno por su actuación y acuerda retornar a su sede a las 11:10 AM. Terminó. Se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
EL DIRECTOR NOTIFICADO
CASANOVA MORALES JORGE ENRIQUE
EL SOLICITANTE
GABINO PAZ GUERRERO
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE
ABG. RAUL CECILIO CASTRO ARISMENDI
EL SECRETARIO
WILLIAM FROILAN ZAMBRANO ZAMBRANO
EXHORTO N° 974/2013
SOLICITUD Nº 367513
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