JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintiuno de noviembre de dos mil trece.
203º y 154º
En el presente juicio N° 8141 instaurado por abogado ALEJANDRO ENRIQUE BIAGGINI MONTILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.922, en su carácter de beneficiario, contra Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA REYMERD C.A., en la persona de su presidente REYMERD YOVANNY JIMENEZ SANABRIA, titular de la cédula de identidad N° V-9.147.961, POR COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN; y vista la diligencia de fecha 07 de noviembre de 2013, suscrita por el abogado ALEJANDRO BIAGGINI MONTILLA, con el carácter acreditado en autos, mediante la cual manifestó que el demandado pago la deuda contraída, por ello solicita se archive el expediente; por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 Levantar la medida decretada el 14 de octubre de 2013, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada.
 Dar por terminado juicio, a los fines de su archivo.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,

Andrea Bernal Colmenares
En la misma fecha se dejó copia bajo el N° 573
Exp. 8141
Marilú