REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, 06 de mayo del 2013
203º y 154º
ASUNTO: SP01-L-2011-000688

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: FRANCOISE CARREÑO PABON, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 16.777.140.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ADRIANA ISABEL RODRÍGUEZ MONTOYA, mayor de edad, titular de la cédula N° V.- 13.712.487, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.951.
PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS ARIAS, mayor de edad, con cédula N° E.- 81.855.600
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 03 de mayo de 2012, mediante la cual el alguacil suscrito a esta Coordinación Laboral, informó que fue imposible practicar la notificación de la parte demandada en la presente causa por cuanto el ciudadano Juan Carlos Arias no vive en la dirección indicada en el cartel de notificación y que la parte interesada no se presentó a impulsar dicha notificación, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establecen:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Este Despacho, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 03 de mayo de 2012, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Derechos Laborales sigue el ciudadano FRANCOISE CARREÑO PABON, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 16.777.140, contra el ciudadano JUAN CARLOS ARIAS, mayor de edad, con cédula N° E.- 81.855.600.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los seis (06) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013)
La Juez

Abg. Ana Mercedes Mora Rivas
La Secretaria


En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.
AMMR/mim