REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control
San Antonio del Táchira, 16 de Mayo de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2012-003683
ASUNTO : SP11-P-2012-003683


RESOLUCION
A los fines de garantizar una administración de justicia expedita, sin retardos injustificados y formalismos innecesarios, este Tribunal procede de OFICIO a Verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano: MICHAEL EUCLIDES COLMENARES ZAMBRANO, nacionalidad venezolana, natural de Ureña Estado Táchira, nacido en fecha 08 de Febrero de 1984, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.678.296 abogado, hijo de Ramón colmenares (v) y de teodosila Zambrano(v), soltero, residenciado en la aldea la rinconada casa 40 frente a la policía, Estado Táchira, teléfono 0416.103.74.07, por la comisión de los delitos de: ACOSO U HOSTIGAMIETO , VIOLENCIA FISICA y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 41, 42 y 50 en concordancia con el artículo 15, numeral 3 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Miriam Estrher Pérez Velásquez. Verificación que se hace en virtud de haber finalizado el Plazo para el Régimen de Prueba acordado según audiencia celebrada el día nueve (9) de enero de 2013.

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
En fecha nueve (9) de enero de 2013, se celebró la Audiencia Preliminar donde el ciudadano MICHAEL EUCLIDES COLMENARES ZAMBRANO se acogió al Procedimiento por Suspensión Condicional del Proceso, decretando el Tribunal entre otras cosas, LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al imputados de conformidad con el Principio de Extractividad dispuesto por el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 37 del Código Orgánico Procesal Penal Derogado, por ser una norma más favorable; acordando fijar como plazo para el régimen de prueba CUATRO (04) MESES, lapso durante el cual se comprometió a cumplir con las siguientes condiciones: 1) Cumplir con un régimen de presentaciones una vez cada 60 días por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. 2.- Prohibición de agredir directa o indirectamente a la víctima. 3- acudir a todos los actos del proceso.4- no incurrir en hechos de carácter penal.

Habiendo transcurrido el plazo establecido como Régimen de Prueba el cual finalizó el día 9 de Mayo de 2013; el Tribunal procede de oficio a verificar el cumplimiento de las condiciones y obligaciones que debía cumplir el ciudadano MICHAEL EUCLIDES COLMENARES ZAMBRANO, existiendo en autos las pruebas documentales que demuestran el TOTAL CUMPLIMIENTO de dichas obligaciones, razones suficientes para considerar, que lo procedente y ajustado a derecho en el presente asunto es DECLARAR LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y consecuencialmente EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano MICHAEL EUCLIDES COLMENARES ZAMBRANO, nacionalidad venezolana, natural de Ureña Estado Táchira, nacido en fecha 08 de Febrero de 1984, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.678.296 abogado, hijo de Ramón colmenares (v) y de teodosila Zambrano(v), soltero, residenciado en la aldea la rinconada casa 40 frente a la policía, Estado Táchira, teléfono 0416.103.74.07, por la comisión de los delitos de: ACOSO U HOSTIGAMIETO , VIOLENCIA FISICA y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 41, 42 y 50 en concordancia con el artículo 15, numeral 3 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Miriam Estrher Pérez Velásquez; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 ordinal 7° y 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO.- DECLARA DE OFICIO LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y como consecuencia de la misma, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano MICHAEL EUCLIDES COLMENARES ZAMBRANO, nacionalidad venezolana, natural de Ureña Estado Táchira, nacido en fecha 08 de Febrero de 1984, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.678.296 abogado, hijo de Ramón colmenares (v) y de teodosila Zambrano(v), soltero, residenciado en la aldea la rinconada casa 40 frente a la policía, Estado Táchira, teléfono 0416.103.74.07, por la comisión del delito de: ACOSO U HOSTIGAMIETO , VIOLENCIA FISICA y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 41, 42 y 50 en concordancia con el artículo 15, numeral 3 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Miriam Estrher Pérez Velásquez; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 ordinal 7° y 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haberse verificado el estricto cumplimiento de las condiciones impuestas y el régimen de prueba acordado en fecha nueve (9) de enero de 2013, como consecuencia de la Suspensión Condicional del Proceso.

Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia para el archivo del Tribunal. Vencido el lapso de ley, remítase el expediente al Archivo Judicial.




ABG. KARINA TERESA DUQUE DURÁN
JUEZA DEL JUZGADO TERCERO DE CONTROL





EL (LA) SECRETARIO (A)