REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 1.676 – 13 – 1.674

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Milagros del Valle Hernández Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.426720, actuando con el carácter madre de: S.J. Y M.C.S.H..

DIRECCIÓN: En el Barrio la Paz, calle 12, carrera 5, Sector F, Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: José de la Cruz Sayazo Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.932.800, con el carácter de padre de: S.J. Y M.C.S.H..

DIRECCIÓN: Quien labora en la Policía del Estado Táchira, Comando General la Concordia San Cristóbal.

MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

Causa Número: 1.676– 12

Fecha de Entrada: 24 de octubre de 2012

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 22 de octubre de 2012, se recibió solicitud de fijación de obligación de manutención, por la ciudadana: MILAGROS DEL VALLE HERNANDEZ SILVA para: S.J. Y M.C.S.H., en contra del ciudadano: JOSÉ DE LA CRUZ SAYAZO RAMÍREZ.
En fecha de 24 de octubre de 2012, se admitió y se le dio entrada a la solicitud de obligación de manutención, hecha por la ciudadana: MILAGROS DEL VALLE HERNÁNDEZ SILVA, para: S.J. Y M.C.S.H., en contra del ciudadano: JOSÉ DE LA CRUZ SAYAGO RAMIREZ, se acordó citar al demandado, para el acto conciliatorio.
En fecha 24 de octubre de 2012, se libró Boleta de Notificación para el Fiscal del Ministerio Público Especializado para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil y Familia del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 24 de octubre de 2012, se libró oficio al director de Personal de la Gobernación del Estado Táchira, solicitando el salario devengado por el ciudadano: JOSE DE LA CRUZ SAYAGO HERNÁNDEZ.
En fecha 24 de octubre de 2012, se libro oficio al juez segundo de los municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, solicitando la práctica de la citación del ciudadano JOSE DE LA CRUZ SAYAGO HERNÁNDEZ.
En fecha 01 de noviembre de 2012, mediante diligencia estampada por el Alguacil del Tribunal consigna boleta de notificación librada al ciudadano: Fiscal Especializado para la Protección del Niño, Niña y Adolescente Civil y Familia de la circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien la recibió y la firmó al pié.
En fecha 08 de enero de 2013, se recibo comunicación procedente de la gobernación de l Estado Táchira.
En fecha 11 de marzo de 2013, se recibió comunicación del Juzgado primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En fecha 14 de marzo de 2013, día y hora fijada para celebrar acto conciliatorio de relacionado para la obligación de manutención entre los ciudadanos MILAGROS DEL VALLE HERNANDEZ SILVA, parte demandante y JOSE DE LA CRUZ SARAGO RAMIREZ parte demandada, se anuncio a la puerta del Tribunal y estando presente los referidos ciudadanos, se declara legalmente desierto el acto.
En fecha 15 de marzo de 2013, por auto del Tribunal y vista la diligencia del alguacil en el folio veinticuatro, se acuerda notificar a la demandante ciudadana MILAGROS DEL VALLE HERNANDEZ SILVA.
En fecha 11 de abril de 2013, mediante diligencia el alguacil consigna boleta de notificación librada a la ciudadana MILAGROS DEL VALLE HERNANDEZ SILVA, quien la recibid en constancia de quedar legalmente notificada.
En fecha 25 de abril de 2013, comparecieron los ciudadanos: MILAGROS DEL VALLE HERNANDEZ SILVA, y el ciudadano: JOSE DE LA CRUZ SAYAGO RAMIREZ, parte demandante y demandada, respectivamente, previa entrevista con la ciudadana Jueza, concedido como le fue el derecho de palabra el demandado, expuso:
“Ofrezco como obligación de manutención la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1200) mensuales, y para el mes de diciembre la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000) para cubrir gastos de fin de año… cubrir el 50% de los gastos médicos y medicinas”

Presente como se encuentra la demandante, y concedido como le fue el derecho de palabra expuso:
“Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos en toda y cada una de sus partes…”


CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 25 de abril de 2013, comparecieron los ciudadanos: MILAGROS DEL VALLE HERNANDEZ SILVA, y el ciudadano: JOSE DE LA CRUZ SAYAGO RAMIREZ, parte demandante y demandada; quienes convinieron en la fijación del monto de la obligación de manutención, para SNEIDER JOSUE y MILADYS CAMILA SAYAGO HERNANDEZ, en contra del ciudadano: JOSE DE LA CRUZ SAYAGO RAMIREZ, forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 25 de abril de 2013, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de Manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Líbrese oficio al banco bicentenario para la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana MILAGROS DEL VALLE HERNADEZ SILVA, cuyos beneficiarios son los hermanos SAYAZO HERNANDEZ, una vez que la demandante consigne el numero de cuenta líbrese oficio al comando de la Policía del Estado Táchira, solicitando dicho descuento.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los dos días del mes mayo de dos mil trece. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes

Secretario

Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez