REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, (07) de Mayo del año 2013.
203º y 154º
Visto el convenimiento celebrado en este Juzgado entre los Ciudadanos: Ciudadanos RAMIREZ GUERRERO RAMON ALONSO Venezolano, Mayor de edad, Soltero, quién trabaja como Auxiliar de Empaque en la Empresa Pepsico- Alimentos de esta Ciudad de La Grita, Titular de la Cédula de identidad N° V- 10.741.740 y la Ciudadana: SOTO CONTRERAS NUBIA YELITZA, Venezolana, mayor de edad, Soltera, quién trabaja en Empaque de plásticos Occidente, como operadora, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.527.930 y civilmente hábiles, con el carácter de Padres de la Niña: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de 05 años de edad, el demandado de autos expone: “Con respecto a la deuda de (B. 6.525 oo) se compromete a cancelar la mitad entre el Mes de Mayo y Junio, y la otra mitad la cancelara en el mes de Agosto del presente año, con respecto al aumento, ofreció la cantidad de (Bs.500,oo) Mensuales y el doble de dicha cantidad en los Meses de Septiembre y Diciembre, los cuales serán depositados en la Cuenta de Ahorros N° 1750030940061614455 del Banco Bicentario y el 50% de los gastos serán compartidos.- Así mismo el Ticket de Útiles Escolares y de juguetes correspondientes al mes de Agosto y Diciembre, serán recibidos por la Progenitora”.-En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley. Homologa el presente acuerdo y ordena proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en él ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y déjese copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal y se acuerda oficiar a la Ciudadana Jefe de Recursos Humanos de la Empresa Pepsico- Alimentos, a los fines de que se le hagan los descuentos al obligado de autos.- Cúmplase.- Líbrese oficio.-
EL JUEZ PROVISORIO,
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Abg. GEORGE LASTRA POZO LA SECRETARIA,
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Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio N° 3160-381 a la Jefe de Recursos Humanos de la Empresa Pepsico- Alimentos.-
LA SECRETARIA
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GLP/ rosa.-
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