REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, dieciséis de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: SP01-L-2013-000214
PARTE ACTORA: SERGIO JOSÉ MONTIEL FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 11.498.060
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO JOSÉ PERDOMO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 37.719
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA DE GALLETAS C.A (DIGA C.A)
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: GERARDO JOSÉ MORA PÉREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 101.766
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Hoy, dieciséis (16) de mayo de dos mil trece (2013), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece el abogado GERARDO JOSÉ MORA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 15.565.511, inscrito en el I.P.S.A bajo el n° 101.766, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, la empresa DISTRIBUIDORA DE GALLETAS C.A (DIGA C.A), carácter que consta en poder que presenta en original y copia para su correspondiente certificación, otorgado por ante la Notaría Pública Quinta de Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el n° 26, Tomo 155 de fecha 23 de abril de 2013. En este estado ,el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante a la celebración de la audiencia preliminar, quien no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO seguido por el ciudadano SERGIO JOSÉ MONTIEL FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 11.498.060, contra la empresa DISTRIBUIDORA DE GALLETAS C.A (DIGA C.A), por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y en consecuencia TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154° y 203°
La Juez,

La Secretaria
Abog. Liliana Duque Rosales

La parte demandada:


Gerardo José Mora Pérez