REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Sentencia Nro. 1.745 – 13 – 1.629
CAPÍTULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE: Blanca Lisbeth Sierra Mariño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.120.839, actuando con el carácter madre de: E.O.B.S. y N.Y.B.S..
DIRECCIÓN: Casa sin número, barrio 27 de septiembre, al lado de la iglesia pentecostés, El Milagro, Municipio Libertador del Estado Táchira.
DEMANDADO: Nelson Augusto Buitrago Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.462.326, con el carácter de padre de: E.O.B.S. y N.Y.B.S..
DIRECCIÓN: Calle principal, cerca del liceo Nacional, casa sin número, barrio las flores, El Milagro, Municipio Libertador del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención
Causa Número: 1.745 – 13
Fecha de Entrada: 18 de febrero de 2013
CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 14 de febrero de 2013, se recibió solicitud de fijación de obligación de manutención, hecha por la ciudadana: BLANCA LISBETH SIERRA MARIÑO, para: E.O.B.S. Y N.Y.B.S., en contra del ciudadano: NELSON AUGUSTO BUITRAGO SÁNCHEZ.
En fecha de 18 de febrero de 2013, se admitió y se le dio entrada a la solicitud de obligación de manutención, hecha por la ciudadana: BLANCA LISBETH SIERRA MARIÑO, para: E.O.B.S. Y N.Y.B.S., en contra del ciudadano: NELSON AUGUSTO BUITRAGO SÁNCHEZ, se acordó citar al demandado, para el acto conciliatorio.
En fecha 18 de febrero de 2013, se libró Boleta de Notificación para el Fiscal del Ministerio Público Especializado para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil y Familia del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 04 de marzo de 2013, mediante diligencia estampada por el Alguacil del Tribunal consigna boleta de citación librada para: NELSON AUGUSTO BUITRAGO SÁNCHEZ, quien la recibió y la firmó al pié.
En fecha 05 de marzo de 2013, comparecieron los ciudadanos: BLANCA LISBETH SIERRA MARIÑO y NELSON AUGUSTO BUITRAGO SÁNCHEZ, parte demandante y demandada, respectivamente, previa entrevista con la ciudadana Jueza, concedido como le fue el derecho de palabra el demandado, expuso:
“Ofrezco como fijación de la obligación de manutención un mercado quincenal que se lo llevare a la madre de mis hijos, en el mes de agosto cubro con el 50% de gastos escolares que requieran mis hijos, en el mes de diciembre me comprometo a cubrir con el 50% de los gatos de ropa de fin de año, más el 50% de los gastos médicos y de medicinas previa presentación de informe médico, récipe y facturas que requiera mis hijos…”
Presente como se encuentra la demandante, y concedido como le fue el derecho de palabra expuso:
“Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos”
CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 05 de marzo de 2013, comparecieron los ciudadanos: BLANCA LISBETH SIERRA MARIÑO y NELSON AUGUSTO BUITRAGO SÁNCHEZ, parte demandante y demandada; quienes convinieron en la fijación del monto de la obligación de manutención, para: E.O.B.S. Y N.Y.B.S., forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 05 de marzo de 2013, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los catorce días del mes marzo de dos mil trece. Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza
Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretario
Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez
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