REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, 12 de marzo de 2013
202° y 154°
EXP. Nº 2.489.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Parte Demandante: MARY EUGENIA IVAÑEZ ORTIZ, colombiana, titular de la cédula de identidad Nº E-84.420.284, domiciliada en La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira. Actuando en nombre y representación de su hija XX.
Parte Demandada: JOSE CRUZ GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de Identidad Nº V-22.681.077, domiciliado en La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira.-
Motivo de la causa: Aumento de Obligación de Manutención.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
DE LA DEMANDA
Visto el convenimiento realizado en fecha 27 de febrero del año 2013, por los ciudadanos MARY EUGENIA IVAÑEZ ORTIZ y JOSÉ CRUZ GARCÍA RODRIGUEZ, por ante este despacho, el cual textualmente establece lo siguiente:
“PRIMERO: El Ciudadano JOSE CRUZ GARCÍA RODRÍGUEZ, se compromete a aumentar la cuota por Obligación de Manutención a la cantidad de Bs. 850.oo mensuales. SEGUNDO: Para el mes de agosto el ciudadano JOSE CRUZ, entregará la cantidad de Bs. 1.000,oo como cuota extra para gastos escolares. TERCERO: Para el mes de diciembre el ciudadano el ciudadano JOSE CRUZ propone entregar la cantidad de Bs.1.000,oo como cuota extra para gastos decembrinos. CUARTO: la ciudadana MARY EUGENIA IVAÑEZ ORTIZ, acepta lo expuesto y ambas partes solicitan se homologue el presente convenimiento”
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, niñas y Adolescentes. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. Ángel Alberto Otero Eslava,
La Secretaria (a),
Abg. Yolanda Ortega Bayona
AAOE/YOB/Roselyn.-
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