REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
203º y 154º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2013-000291
PARTE ACTORA: DIXON ANTONIO FERRER FIGUERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARMEN ESCALANTE CORREA
PARTE DEMANDADA: SERENOS LOS ANDES C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AUDELINA VALERA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES
En el día hábil de hoy, miércoles veintiséis (26) de junio de dos mil trece, siendo las 10:00 A.M. oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Cuarto, la parte actora DIXON ANTONIO FERRER FIGUERA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 8.468.536, y su apoderado judicial, procuradora del trabajo, abogada CARMEN LUCRECIA ESCALANTE, inscrita en el inpreabogado bajo el No 69.554, por una parte y por la otra, la abogada en ejercicio AUDELINA VALERA, inscrita en el bajo el inpreabogado bajo el No 19.356, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada SERENOS LOS ANDES C.A. en la persona de su Presidente ciudadano JOSE LUIS MATUTE, con cédula de identidad N° 641.046, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 36, Tomo 5-A, de fecha 17/08/1994, carácter que consta autos. Una vez iniciada la misma, se deja constancia que la parte demandante solicito el derecho de palabra y concedido como le fue manifiesta en forma libre que DESISTO DEL PROCEDIMIENTO. Por lo que de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, y la parte accionada CONVIENE en dicho Desistimiento. Razón por la cual se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente asunto. Se devuelven las pruebas aportadas por las partes.
La Juez,
Abg. LUZ HAYDEE GOMEZ El Secretario,
PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL ACTORA APODERADO JUDICIAL ACCIONADA
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