San Antonio del Táchira, 25 de Junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2013-002575
ASUNTO : SP11-P-2013-002575
RESOLUCION
Visto el escrito presentado por el Abogado, IOHANN CALDERON PEREZ, Fiscal Auxiliar Interino adscrito a la Fiscalía TERCERA del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual solicitan el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, N° 20-F08-0222-2000 De conformidad con lo establecido en los artículos 300 Ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Juzgado para decidir observa:
De la revisión efectuada a todas y cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia que el hecho que dio origen a la presente averiguación, lo constituye la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos; en perjuicio de los ciudadanos: JUAN CARLOS ZAMBRANO BARRIENTOS, Venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N°- V- 13.821.830 y YORMAN ALFONSO MENDOZA SANDOVAL, Venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N°- V-14.217.434.
FUNDAMENTO DE HECHOS
Ocurrió el hecho en fecha 13 de Febrero del año 2000 tal como se evidencia en la denuncia interpuesta por el ciudadano: LUIS ALFREDO MANCILLA GÓMEZ ante funcionarios adscritos a la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico del Estado Táchira, donde indica las circunstancias de modo tiempo y lugar en que se suscitaron los hechos. Como consecuencia se dio inicio a la Investigación cuyas actas conforman el presente expediente.
De lo cual se evidencia que hasta la presente fecha 25 de Junio del 2013 ha transcurrido un tiempo de TRECE (13) AÑOS CUATRO (04) MESES Y DOCE (12) DIAS, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 numeral 6° del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita, por cuanto ya ha pasado tiempo suficiente, siendo en consecuencia procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No 2 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA;
ÚNICO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por encontrarse evidentemente prescrita, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos: JUAN CARLOS ZAMBRANO BARRIENTOS, Venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N°- V- 13.821.830 y YORMAN ALFONSO MENDOZA SANDOVAL, Venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad N°- V-14.217.434.
Notifíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la misma.
ABG. RICHARD ENRIQUE HURTADO CONCHA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
EL (LA) SECRETARIO (A)
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