REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
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Sentencia Nro. 650 – 13 – 1711
CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Maria Zoraida Sánchez Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V -18.856.992, con el carácter de madre de la adolescente: A.W.P.S..

DIRECCIÓN: La Birmania, calle 7 N° 28 Abejales
Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: William Jesús Pavón Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V –14.740.147, con el carácter de padre de la adolescente: A.W.P.S..

DIRECCIÓN: La Birmania calle 7 N° 28 Abejales
Municipio Libertador del Estado Táchira
MOTIVO: Aumento de la obligación alimentaria

Fecha de entrada: 03 de junio de 2005

Causa Número: 650 – 05.

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 21 de marzo de 2013, mediante diligencia suscrita y presentada por la ciudadana: MARIA ZORAIDA SÁNCHEZ SÁNCHEZ, solicita se aumento el monto de la obligación alimentaria a la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs.1.000,oo) mensuales, el doble para los meses de agosto y diciembre de cada año a favor de la adolescente: A.W.P.S..
En fecha 26 de marzo de 2013, por auto del Tribunal se acordó citar al obligado de autos, ciudadano: WILLIAM JESUS PAVÓN ZAMBRANO, para el acto conciliatorio de aumento de la obligación de manutención.
En fecha 26 de marzo de 2013, se libro oficio al Consejo de Protección de niños, niñas y adolescentes del Municipio Libertador del Estado Táchira, solicitando la práctica de un estudio Socio-económico del ciudadano WILLIAM JESUS PAVÓN ZAMBRANO.
En fecha 15 de mayo de 2013, se recibió comunicación del Consejo de Protección de niños, niñas y adolescentes del Municipio Libertador del Estado Táchira.
En fecha 24 de mayo de 2013, mediante diligencia el alguacil consigna boleta de citación librada al ciudadano: WILLIAM JESUS PAVON ZAMBRANO, sin entregar ya que en diferentes oportunidades se traslado el alguacil en la dirección indicada en la boleta y los vecinos indicaron que el citado labora como conductor y solo se encuentra después de las 6:00pm.
En fecha 05 de junio de 2013, mediante diligencia solicita que cite nuevamente al ciudadano WILLIAM JESUS PAVON ZAMBRANO, a los fines de celebrar acto conciliatorio de aumento para la obligación de manutención a favor de la adolescente: A.W.P.S..
En fecha 05 de junio de 2013, se libro oficio al Banco Bicentenario de Abejales, a los fines de levantar el bloqueo temporal de la cuenta de ahorro N° 0175-0036-68-0010093443, y autorizando retirar por solo una vez la cantidad de Doscientos Bolívares de dicha cuenta.
En fecha 07 de junio de 2013, por auto del Tribunal, se libro nueva boleta de citación al ciudadano WILLIAM JESUS PAVON ZAMBRANO, a los fines de celebrar acto conciliatorio de aumento para la obligación de manutención a favor de la adolescente: A.W.P.S..
En fecha 13 de junio de 2013, comparece voluntariamente el ciudadano: WILLIAM JESUS PAVON ZAMBRANO, parte demandada, respectivamente, previa entrevista con la Jueza y concedido como le fue el derecho de palabra el demandado expuso:
“Ofrezco como aumento de la Obligación de la Manutención a la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400.00) mensuales…. A favor de su hija ANGELA WILZORI PAVON.”

En fecha 13 de junio de 2013, comparece voluntariamente la ciudadana: MARIA ZORAIDA SÁNCHEZ SÁNCHEZ, parte demandante, y concedido como le fue el derecho de palabra, expuso:
“Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mi hija, en todas y cada una de sus partes”

CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 13 de junio de 2013, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos: WILLIAM JESUS PAVON ZAMBRANO y MARIA ZORAIDA SÁNCHEZ SÁNCHEZ parte demandante y demandada, respectivamente, quienes conciliaron sobre el aumento de la obligación de manutención, forma y oportunidad de pago de la misma, para su hija: La Adolescente; A.W.P.S.,
en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fecha 13 de junio de 2013, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem, de conformidad con los Índices Inflacionarios señalados por el Banco Central de Venezuela.
Líbrese oficio al banco bicentenario a los fines de autorizar retirar por un lapso de cuatro (4) meses autorizando a la ciudadana MARIA ZORAIDA SÁNCHEZ SÁNCHEZ, cuya beneficiaria es la adolescente A.W.P.S..
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los trece días del mes junio de dos mil trece. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes

Secretario

Abog. Luis A. Sánchez P.