REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
DEMANDANTE: GABRIELA MABEL TORRES.
DEMANDADO: GABRIEL EDUARDO VELANDIA DELGADO.
ACTO CONCILIATORIO POR AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE N° 4021-11
En horas de Despacho del día de hoy, veinte (20) de Junio de 2013, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta, los ciudadanos GABRIEL EDUARDO VELANDIA DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº 15.438.311 y GABRIELA MABEL TORRES, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.880.783, a los fines de efectuar acto conciliatorio por obligación de manutención. La Juez Provisoria declara abierto el acto. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano GABRIEL EDUARDO VELANDIA DELGADO, quien manifestó:” Ofrezco aumentar la obligación de manutención a la cantidad de seiscientos bolívares (Bs. 600°°) y en cuanto a las cuotas extras para los gastos de la temporada escolar y de navidad la cantidad de un mil doscientos bolívares (Bs. 1200°°), cantidades que seguiré depositando en la cuenta que ordeno aperturar el tribunal en el Banco Bicentenario” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: GABRIELA MABEL TORRES, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con el ofrecimiento en cuanto al aumento de la obligación de manutención”. En este estado el tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser cubiertos en igualdad de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. Es todo. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de julio de 2013. Es todo, se leyó y conformes firman.

ABG. ANA RAMONA ACUÑA
JUEZA PROVISORIA


GABRIEL EDUARDO VELANDIA DELGADO _____________________


GABRIELA MABEL TORRES _________-____________________



ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
SECRETARIO TITULAR