JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 20 de junio de 2013.
203° y 154º

Visto el Ofrecimiento de Aumento de la Obligación de Manutención efectuado por el ciudadano CARLOS ENRIQUE JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.019.123, que corre inserto al folio 60 y su Aceptación por parte de la ciudadana IRIS YULEIMA ARIAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.109.074, que corre inserta al folio 69, a favor del niño (Se omite el nombre por disposición de la Ley), en el presente Expediente signado con el N° 1716-2006 por Obligación de Manutención; y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a la Fiscalía Décimo Tercera Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.
El Juez Titular,




Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.


El Secretario Accidental,

Jhony Alexander Colmenares Sánchez

En la misma fecha se notificó a la Fiscalía Décimo Tercera Especializada Para la Protección del Niño y del Adolescente.


El Srio. Acc.,

Exp. 1716-2006
PAGP/jacs