JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diecinueve (19) de junio de dos mil trece.-

AÑOS: 203° y 154°

Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil y VEINTISIETE (27) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por el ciudadano RAMON ALBERTO BUSTAMANTE VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.417.625, asistido por la Abogado en ejercicio MILEIDI PAOLA FERRER CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 140.440, en el cual expone: que el día 21 de mayo de 2.013, falleció el ciudadano RAMON IGNACIO BUSTAMANTE CASTELLANOS, quien en vida fuese venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.497.134, quien estuvo domiciliado en la Comunidad de Barrio Libertador, Calle 3, Casa No. 2-98, Municipio San Cristóbal del estado Táchira y quien tuvo su deceso en el Hospital Central de esta Jurisdicción, a causa de “…SHOCK POR ELECTROCUCION…”, según Certificado de Defunción No. 78 de fecha 21/05/2013, suscrito por la Doctora ANA CECILIA RINCON, titular de la cédula de identidad No. V-5.067.483; tal y como se desprende del Registro de Defunción No. 76, levantado el 22 de mayo de 2.013, por ante el Registro Civil del Municipio Fernández Feo del estado Táchira, habiendo presentado el solicitante los siguientes anexos:
Copia certificada de Registro de Defunción No. 76 del año 2013, perteneciente a “RAMON IGNACIO BUSTAMANTE CASTELLANOS”, expedida el 28 de mayo de 2013, por el Registro Civil del Municipio Fernández Feo del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Acta de Matrimonio No. 134 del año 1973, perteneciente a los ciudadanos “RAMON IGNACIO BUSTAMANTE CASTELLANOS y TULIA HAYDEE VARELA CONTRERAS”, expedida el 24 de abril de 2006, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 766 del año 1973, perteneciente a “MARIELLY YELITZA”, expedida el 08 de enero de 2004, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 634 del año 1976, perteneciente a “JENNY MILDRED”, expedida el 24 de abril de 2006, por el registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 890 del año 1979, perteneciente a “RAMON ALBERTO”, expedida el 22 de mayo de 2006, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 661 del año 1982, perteneciente a “YORLY CAROLINA”, expedida el 22 de mayo de 2006, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-3.497.134, V-4.628.350, V-11.508.722, V-12.815.257, V-15.501.379, V-14.417.625, pertenecientes a los ciudadanos RAMON IGNACIO BUSTAMANTE CASTELLANOS, TULIA HAYDEE VARELA DE BUSTAMANTE, MARIELLY YELITZA BUSTAMANTE DE PALIGA, JENNY MILDRED BUSTAMANTE VARELA, YORLY CAROLINA BUSTAMANTE VARELA, RAMON ALBERTO BUSTAMANTE VARELA, en su orden.-
Justificativo de Testigos No. 8553, evacuado el 17 de junio de 2.013, por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: ELOINA VARGAS DE BRICEÑO y JESUS MANUEL MORENO ZERPA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-10.155.750 y V-22.676.839 en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante RAMON IGNACIO BUSTAMANTE CASTELLANOS dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: TULIA HAYDEE VARELA DE BUSTAMANTE, MARIELLY YELITZA BUSTAMANTE DE PALIGA, JENNY MILDRED BUSTAMANTE VARELA, YORLY CAROLINA BUSTAMANTE VARELA, RAMON ALBERTO BUSTAMANTE VARELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-4.628.350, V-11.508.722, V-12.815.257, V-15.501.379, V-14.417.625; en su condición de Cónyuge la primera y de Hijos los restantes del causante RAMON IGNACIO BUSTAMANTE CASTELLANOS, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.




Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal






Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 3985, siendo las dos y cuarenta minutos de la tarde (02:40 p.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario