JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Díez (10) de junio de dos mil trece.

AÑOS: 203° y 154°

Visto el desistimiento a la presente causa, presentado en fecha cinco (05) de junio del año en curso, por los ciudadanos MARIBEL CORRENTE Y LUIS FERNANDO MEJIA RESTREPO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.215.978, V-11.347.621, en su orden, asistidos por la abogada en ejercicio EDDY MUÑOZ RINCON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.067; esta operadora de justicia al observar que no es contrario a derecho el acto realizado por las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en tal virtud, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.





Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario


En la misma fecha, siendo las doce y treinta y cuatro minutos de la tarde (12:34 P.M.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “3.958” en el “Libro de Registro de Sentencias”.


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario






Solicitud N° 8.485
JHOANNA V/S.