REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control
San Antonio del Táchira, 29 de Julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2013-000169
ASUNTO : SP11-P-2013-000169
RESOLUCION
Revisadas las Actuaciones de la presente causa, este Tribunal de oficio y vista la Audiencia de Calificación de Flagrancia con Suspensión Condicional celebrada en fecha 12-01-2013 en contra del ciudadano HENDER FAUSTINO RUIZ NIETO, nacionalidad venezolano, natural de San Cristóbal, estado Táchira, de 45 años de edad, nacido en fecha 01-05-1967, estado civil casado , titular de la cedula de Identidad V-9.244.112 , hijo de Faustino Ruiz Becerra (v) y Esperanza Nieto De Ruiz(v), de profesión u oficio chofer, residenciado Bolivia Nueva parte alta, sector los Guamos, casa sin numero Rubio, más debajo de la venta del gas comunal, teléfono 0426-4729452 (esposa), en la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehiculo, en la que este Tribunal decretó la Suspensión Condicional del Proceso con Régimen de Prueba; este Tribunal para decidir observa:
DEL DERECHO
En virtud de las consideraciones anteriormente relacionadas y habiéndose verificado en la Oficina de Alguacilazgo y del recor de presentaciones, este Tribunal concluye que del ciudadano HENDER FAUSTINO RUIZ NIETO,cumplió con las condiciones impuestas en fe¬cha 12 de Enero del 2013, todo como consecuencia del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehiculo, conforme a lo establecido en el artículo 361 en su segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
Por lo tanto, lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la EXTINCION DE LA ACCION PENAL y como consecuencia de ello, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano HENDER FAUSTINO RUIZ NIETO, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 ordinal 7º y 300 ordinal 3º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse verificado el total cumplimiento de las condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 361 eiusdem. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano HENDER FAUSTINO RUIZ NIETO, nacionalidad venezolano, natural de San Cristóbal, estado Táchira, de 45 años de edad, nacido en fecha 01-05-1967, estado civil casado , titular de la cedula de Identidad V-9.244.112 , hijo de Faustino Ruiz Becerra (v) y Esperanza Nieto De Ruiz(v), de profesión u oficio chofer, residenciado Bolivia Nueva parte alta, sector los Guamos, casa sin numero Rubio, más debajo de la venta del gas comunal, teléfono 0426-4729452 (esposa), en la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehiculo,, de conformidad con lo dispuesto en el 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECRETA EL CESE DE TODA MEDIDA CAUTELAR de libertad decretada al ciudadano HENDER FAUSTINO RUIZ NIETO, de fecha 12-01-2013, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese a las partes. Líbrese oficio al Coordinador de archivo Déjese copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal, remítase la causa al Archivo Judicial dentro del lapso de ley
ABG. MARIFE COROMOTO JURADO DIAZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG.
EL SECRETARIO