REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 897 – 13 – 1.727

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Milagros Coromoto Flores Romero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.732.214, actuando con el carácter de madre de: J.D. y P.B.Y.F..

DIRECCIÓN: en el Barrio Emeterio Ochoa, Cerca de la Bloquera del Señor: Rosario Zambrano, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: Luís Enrique Yegues Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.937.802, con el carácter de padre de: J.D. y P.B.Y.F..

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DIRECCIÓN: En el Barrio La Brisas del Caparo, Cerca del pool Abejales Municipio Libertador del estado Táchira.

MOTIVO: Obligación de Manutención

Causa Número: 897 – 08

Fecha de Entrada: 26 de febrero de 2008

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 16 de julio de 2013, mediante diligencia estampada por la ciudadana: MILAGROS COROMOTO FLORES ROMERO, con el carácter de demandante, quien entre otros expuso:
Que la demandante desiste del procedimiento por obligación de manutención… Que el padre de los beneficiarios falleció hace tres (3) años, por lo tanto pide, se Cancele la Cuenta y le sea entregado el dinero que reposa en la misma cuenta del banco bicentenario. Que solicita se cierre el expediente y se ordene su archivo.


CAPÍTULO III
MOTIVACIÓN
En fecha 16 de julio de 2013, mediante diligencia estampada por la ciudadana: MILAGROS COROMOTO FLORES ROMERO, con el carácter de demandante, desiste del procedimiento por obligación de manutención, informa que el padre de los beneficiarios falleció hace tres años (3), por lo tanto solicita que cierren el expediente, y se cancele la cuenta de ahorros del banco bicentenario, y el monto restante sea entregado a la demandante. En consecuencia este Tribunal decide:
CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara EXTINGUIDA, de conformidad con lo establecido en el literal a del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber fallecido el obligado.
Se acuerda librar oficio a la Directora Administrativo del Banco Bicentenario, agencia Abejales ordenando entregar el saldo restante en la cuenta de ahorros Nro, 0175 – 0205 – 87 – 0010000028, sea entregada a la ciudadana: MILAGROS COROMOTO FLORES ROMERO, y se proceda a cerrar la referida cuenta bancaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veintiséis días del mes julio de dos mil trece. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes

Secretaria Temporal
RUBIN DUQUE MORENO