REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TACHIRA

202° y 154 °


EXPEDIENTE: SPO1-L-2012-700
DEMANDANTE: JOSE SUAREZ FUENTES, titular de la Cédula de Identidad nro: V-23.827.320.
APODERADO DEL ACTOR: MILAGROS BOHÓRQUEZ, ELIANA DE MAR VELÁSQUEZ AZUAJE, CARMEN ESCALANTE, LENIS FARFAN JEAN CARLOS SAYAGO, RICHARD HERNANDEZ y EDUARDO CHAVEZ, inscritos bajo el IPSA Nros: 790.155, 67.369, 69.554, 144.821, 111.036, 98.326 y 97.433.
DEMANDADO: HACIENDA MATA NEGRA C. A.
ABOGADO DEL DEMANDADO: DIEGO GRATEROL y WILLFREDO SANCHEZ, inscrito bajo el IPSA con el N°: 47.685 y 88.480.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES.

En el día de hoy, miércoles 27 de Febrero de 2012, siendo las 02:30pm., oportunidad para que tenga lugar la celebración a la prolongación de la Audiencia preliminar, se apertura la misma; previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil de este Tribunal, se dejo constancia que comparecieron: el trabajador, el demandado y los abogados de ambas partes anteriormente mencionados; la ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia de conformidad con lo establecido en el articulo 129 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, les explicó el motivo de la Audiencias y las pautas a seguir; y en este estado se le concedió el derecho de palabra a la parte demandada, quien expone: con el objeto de dar por terminado el presente juicio, se ofrece entregar a las parte actora la cantidad de VEINTE Y SEIS MIL SETECIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs: 26.700,00), ya que el trabajador reconoce que recibió algunos adelantos de dichos montos, y los mismos serian realizados ante éste Tribunal, a través de 03 pagos por Bs.8.900,00 cada uno y serán cancelados de la manera siguiente: EL PRIMERO: en este acto se hace el primer pago mediante cheque del Banco Sofitasa a nombre del trabajador bajo el número: 33478405. EL SEGUNDO se efectuará en facha 25-03-2013 y, EL TERCER y último pago que se efectuará en facha 29-04-2013; para poder llevar a cabo el cumplimiento total de dicha obligación por lo demandado. En este estado se instó a la parte actora a considerar dicha cantidad para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde, en este estado la parte actora declara estar conforme con lo propuesto, más acepta si haber recibido adelantos y señala que no restaría monto alguno a deber a su favor por lo reclamado en el líbelo de la demanda, ni por ningún otro concepto. Oída por las partes las sugerencias de la Titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre las partes y le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso, de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se expiden 04 copias certificadas de la presente acta, se hace entrega de las pruebas y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en acta el último pago efectivo. Es todo, termino se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ.

Dra. YALENA MORA

PARTE ACTORA.


Abog. asistente del actor.
PARTE DEMANDADA





LA SECRETARÍA.

Exp.12-700.