REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control
San Antonio del Táchira, 19 de Enero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-001411
ASUNTO : SP11-P-2010-001411

RESOLUCION

Celebrada como ha sido la audiencia especial para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al ciudadano VICTOR ALFONSO GOMEZ quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido en fecha 27/08/1990, de 19 años de edad, hijo de Rosalba Gómez (v), titular de la cedula de identidad N° V-19.677.122, soltero, de profesión u oficio carnicero, teléfono: 0426-9119291, residenciado en el carrera 3 entre calles 5 y 6, Barrio Juro Aguas Calientes Ureña, Estado Táchira, por la comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, en virtud de haber finalizado el Plazo Para el Régimen de Prueba acordado según audiencia celebrada el día 09 de noviembre de 2010.

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

En fecha 09 de noviembre de 2010, se celebró la Audiencia Preliminar en la que el ciudadano VICTOR ALFONSO GOMEZ, se acogió a la alternativa a la prosecución del proceso de Suspensión Condicional del Proceso, decretando el Tribunal entre otras cosas, la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del mencionado ciudadano, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal; audiencia en la que se acordó fijar, como plazo para el cumplimiento de las condiciones, un lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 eiusdem, imponiéndole como condiciones: 1.- Presentarse una vez cada 3 meses, por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. 2. no consumir sustancias estupefacientes y Psicotrópicos 3- obligación de asistir a la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Régimen de Prueba.

El Tribunal verificó a través de la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, sobre el régimen de presentaciones impuesto al ciudadano VICTOR ALFONSO GOMEZ, quien no cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal, quien en audiencia celebrada en fecha 09 de noviembre de 2010, el imputado expuso: “Ciudadano Juez, no me presente las veces que se me ordenaron, porque no estaba acá, es todo ”.

Habiendo transcurrido el plazo establecido como régimen de prueba y verificado el NO cumplimiento de las condiciones asumidas por el acusado, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es AMPLIAR EL REGIMEN DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad a lo establecido en el artículo 46 numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal al acusado VICTOR ALFONSO GOMEZ quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido en fecha 27/08/1990, de 19 años de edad, hijo de Rosalba Gómez (v), titular de la cedula de identidad N° V-19.677.122, soltero, de profesión u oficio carnicero, teléfono: 0426-9119291, residenciado en el carrera 3 entre calles 5 y 6, Barrio Juro Aguas Calientes Ureña, Estado Táchira, por la comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano y SE FIJA al acusado VICTOR ALFONSO GOMEZ, COMO PLAZO DE RÉGIMEN DE PRUEBA EL DE SEIS (06) MESES, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal; debiendo el acusado cumplir con las siguientes condiciones: 1.-Presentarse una vez cada SESENTA (60) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, 2.- No verse involucrado en ningún hecho de carácter penal, 3.- Obligación de asistir a todos los actos del proceso, 4.- No consumir sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, 5.-Realizar una labor social en el SINIFA ( Simoncitos Niños de la Frontera) cada (60) días en la vereda 23 local 02 Urbanización Cayetano Redondo. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVO
EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:

PRIMERO: AMPLIA al acusado VICTOR ALFONSO GOMEZ quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido en fecha 27/08/1990, de 19 años de edad, hijo de Rosalba Gómez (v), titular de la cedula de identidad N° V-19.677.122, soltero, de profesión u oficio carnicero, teléfono: 0426-9119291, residenciado en el carrera 3 entre calles 5 y 6, Barrio Juro Aguas Calientes Ureña, Estado Táchira, señalado en la comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano EL RÉGIMEN DE PRUEBA OTORGADO EN FECHA 09 DE DICIEMBRE DE 2010 POR UN LAPSO SEIS (06) MESES, de conformidad con lo previsto en el artículo 46, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, que empezará a contabilizarse a partir del día 08/01/2013, hasta el 08 de JULIO de 2013; debiendo éste cumplir con las siguientes condiciones 1.- Presentarse una vez cada 3 meses, por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. 2. no consumir sustancias estupefacientes y Psicotrópicos 3- obligación de asistir a la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Régimen de Prueba.

SEGUNDO: SE FIJA la celebración de la AUDIENCIA DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES para el día lunes 08 DE JULIO DE 2013, A LAS 08:00 HORAS DE LA MAÑANA. Quedan notificadas las partes.

Con la lectura de la presente acta quedaron notificadas las partes del dispositivo de la decisión. Regístrese, déjese copia y suspéndase la causa en este Tribunal, hasta el cumplimiento de la Alternativa a la Prosecución del Proceso, acordada.


ABG. KARINA TERERSA DUQUE DURAN
JUEZ TERCERO DE CONTROL


EL (LA) SECRETARIO (A)