REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
202º y 153º

PARTE SOLICITANTE: ELIZABETH CONTRERAS DURAN, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.282.798, domiciliada en esta Ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira. ---------------------------------------------------------------
PARTE OBLIGADA: EDGAR ENRIQUE RAMIREZ HERNANDEZ, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.008.077, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira.-------------------------------------------------
BENEFICIARIOS: EDGAR ENRIQUE RAMIREZ CONTRERAS.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
EXPEDIENTE Nº 2730-07.


Vista el convenimiento celebro entre los Ciudadanos: EDGAR ENRIQUE RAMIREZ HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.008.077, y ELIZABETH CONTRERAS DURAN, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.282.798, de fecha 28 de Enero de 2.013, en horas de despacho de este Tribunal en el cual manifiestan voluntariamente donde manifiestan que: “… el obligado acuerda aumento fijación del monto de obligación alimentaria (…) a la cantidad de 1.500,00 Bs. F. mensuales, a partir del mes de febrero de 2.013. Así mismo las partes acuerdan que la cuota extraordinaria será de Bs. 1.500,00 Bs. F. Así lo acordamos y firmamos los fines de Ley…”. ----------------------------------------------
Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. --------------------------------------------------------------
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira En Rubio a los Treinta y uno de Enero de Dos Mil Trece.
La Jueza Provisoria,


Abg. ANA RAMONA ACUÑA
El Secretario Titular,


Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal y librándose oficio N° 3170-1302.