REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Sentencia Nro. 711 – 13 – 1.841

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Mayerlin Rodríguez Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.724.415, actuando con el carácter de madre de: HERMANOS PERAZA RODRIGUEZ.

DIRECCIÓN: Fundo El Porvenir, como a 200 metros de la estación de la Piscicultura de la UNET, San Antonio de Caparo, Municipio Libertador del Estado Táchira.

DEMANDADO: Gabriel Ramón Peraza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.193.300, con el carácter de padre de: HERMANOS PERAZA RODRIGUEZ.

DIRECCIÓN: Trabaja en la Hacienda los Almendros, San Antonio de Caparo, Municipio Libertador del Estado Táchira.

MOTIVO: Aumento de Obligación de Manutención

Causa Número: 711 – 06

Fecha de Entrada: 13 de marzo de 2006

CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 20 de noviembre de 2013, mediante diligencia estampada por la ciudadana: MAYERLIN RODRÍGUEZ DÍAZ, actuando con el carácter de madre de: HERMANOS PERAZA RODRIGUEZ, contra el ciudadano: GABRIEL RAMÓN PERAZA, solicita se cite al demandado para el acto conciliatorio de aumento de la obligación de manutención.
En fecha 25 de noviembre de 2013, se admitió la solicitud de aumento de la obligación de manutención, incoada por la ciudadana: MAYERLIN RODRÍGUEZ DÍAZ, actuando con el carácter de madre de: HERMANOS PERAZA RODRIGUEZ, contra el ciudadano: GABRIEL RAMÓN PERAZA, se acordó citar al obligado.
En fecha 02 de diciembre de 2013, mediante diligencia consigna el Alguacil del Tribunal Boleta de Citación librada para el obligado, ciudadano: GABRIEL RAMÓN PERAZA, quien la recibió y la firmó al pié.
En fecha 05 de diciembre de 2013, se declara desierto el acto conciliatorio en virtud que no compareció ninguna de las partes.
En fecha 06 de diciembre de 2013, comparecieron, los ciudadanos: MAYERLIN RODRÍGUEZ DÍAZ y GABRIEL RAMÓN PERAZA, parte demandante y demandada, respectivamente, previa entrevista con la ciudadana Jueza, las partes convinieron entre otros:
Que el obligado aumentará la obligación de manutención a la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.500.00) mensuales… Que el obligado cubrirá la totalidad de los gastos de útiles y uniformes escolares y gastos de fin de año… Que el obligado se compromete a cubrir la totalidad de los gastos médicos y medicinas... Que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo…




CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 06 de diciembre de 2013, comparecieron la ciudadana: MAYERLIN RODRÍGUEZ DÍAZ y el ciudadano: GABRIEL RAMÓN PERAZA; quienes convinieron en el aumento del monto de la obligación de manutención, para: HERMANOS PERAZA RODRIGUEZ, forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 06 de diciembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio a la empresa Agropecuaria Los Almendros C.A., para que proceda a descontar el monto de la obligación de manutención.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los dieciséis días del mes diciembre de dos mil trece. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
Secretario

Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez