REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 05 de diciembre de 2013.
203° y 154°
Vista la diligencia de fecha 16 de septiembre de 2013 (F. 253 cuaderno de oposición) suscrita por el abogado LEONCIO CUENCA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.472, actuando con el carácter de coapoderado judicial de parte demandada, mediante la cual solicita de conformidad con el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, se corrija el error material en la identificación del demandante en la carátula de la sentencia y en el dispositivo primero de la misma; visto igualmente el auto de fecha 17 de septiembre de 2013 (F. 254 cuaderno de oposición), donde éste Tribunal señaló que una vez constara en autos la última notificación de las partes, se pronunciaría en relación a lo solicitado por el coapoderado judicial de la parte demandada en la diligencia arriba señalada; y por cuanto a los folios 253 y 256 del cuaderno de oposición consta la notificación de las partes en la presente causa.
Así las cosas, este Tribunal revisada como fue la sentencia de fecha 08 de agosto de 2013 (Fls. 228 al 250 cuaderno de oposición)), observa que por error involuntario se transcribió en la carátula de la sentencia así como en el dispositivo primero de la misma, el nombre del demandante de la siguiente manera: “…JOSE LUIS NUÑEZ CARDENAS CEBALLOS PEREZ…”, siendo lo correcto: JOSE LUIS NUÑEZ CARDENAS.
En consecuencia, el referido ciudadano quedó identificado como JOSE LUIS NUÑEZ CARDENAS; por tanto téngase el presente auto como parte integrante de la sentencia dictada en la presente causa en fecha 08 de agosto de 2009.
Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Titular
Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/fz
Exp. 21.406 (cuaderno de oposición)